El TSJCyL confirma la condena a tres adultos que se pegaron por el tobogán en el que jugaban sus hijos en Arroyo de la Encomienda

Se les impusieron multas de entre tres y seis euros diarios e indemnizaciones de 150 a 500 euros

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la condena impuesta por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valladolid a tres adultos que, tras una discusión, se pegaron por el tobogán en el que jugaban sus hijos en las inmediaciones de un parque infantil de la localidad de Arroyo de la Encomienda. 

La sentencia desestima íntegramente el recurso de apelación presentado por el Ministerio Fiscal, que aludía al uso indebido de un artículo del Código Penal, y mantiene las condenas impuestas por delitos leves de lesiones y maltrato de obra. También recuerda las dificultades que se produjeron para “cribar el material probatorio” en un caso en el que se vieron involucrados dos grupos de personas que protagonizaron una pelea multitudinaria. 

Los condenados se encontraban celebrando un cumpleaños en un bar cuando se inició el incidente, después de que uno de los adultos se subiera al tobogán y se sentase en la plataforma de acceso al mismo, impidiendo su uso a los menores, sin que quedase probado si lo hizo porque los niños habían quitado un precinto o porque un grupo de pequeños no dejaba al otro hacer uso del juego. Los menores fueron a contar a sus padres lo ocurrido y a partir de ahí se produjeron los hechos juzgados. 

Uno de los implicados, A.P.C. fue condenado como autor de dos delitos leves de lesiones a un mes de multa, con cuota diaria de seis euros, por cada uno de ellos y a sendas indemnizaciones de 150 y 500 euros, además de a abonar dos cuartas partes de las costas del juicio.

También se condenó a un segundo implicado por lesión leve a una multa de seis euros diarios durante un mes y a pagar una indemnización de 500 euros, además de la cuarta parte de las costas y el tercero, condenado por maltrato de obra, deberá abonar durante un mes una multa diaria de tres euros y una cuarta parte de las costas del juicio. 

El coste de los servicios de asistencia prestados a los lesionados el día que se produjeron los hechos por parte del Sacyl no fueron concretados y la sentencia determina que se concretará la cantidad a percibir en ejecución de la sentencia. 

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