El Ayuntamiento convoca nuevas ayudas por nacimiento o adopción con un presupuesto de 270.000 euros

Esta cantidad podría ampliarse en función de la demanda. El pasado ejercicio, el Consistorio salmantino concedió 251 ayudas por importe de 328.000 euros. La solicitud de esta ayuda debe formalizarse en el Registro General del Ayuntamiento 

 El Ayuntamiento concede en el primer semestre 160 ayudas por hijo nacido o adoptado
El Ayuntamiento concede en el primer semestre 160 ayudas por hijo nacido o adoptado

El Ayuntamiento de Salamanca ha lanzado una nueva convocatoria de ayudas por nacimiento o adopción para la que ha consignado una cantidad inicial de 270.000 euros, que podrá ampliarse en función de la demanda.

La cuantía de esta ayuda oscila entre los 900 y los 1.500 euros por nacimiento o adopción en función de los ingresos de la unidad familiar.

El pasado año, el Consistorio salmantino concedió 251 ayudas de este tipo por un importe superior a más de 328.000 euros, y cabe recordar que el Ayuntamiento flexibilizó el baremo para facilitar que un mayor número de personas pudiera beneficiarse de estas ayudas que puso en marcha en el año 2008.

De este modo, se establece que pueden acceder a ellas las familias cuyos ingresos, dependiendo de su número de miembros, estén entre 3 y 5 veces el Salario Mínimo Interprofesional. En concreto, los ingresos de las familias de 6 miembros no puede superar 5 veces el SMI; las de 5 no pueden superar 4,5 veces el SMI; las de 4 no pueden superar 4 veces el SMI; las de 3 no pueden superar 3,5 veces el SMI; y las de 2 no puede superar 3 veces el SMI.

Se entiende por ingresos familiares los correspondientes a los miembros de la unidad familiar computándose como ingresos y miembros aquéllos que señala la normativa reguladora del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas.

¿Dónde solicitar la ayuda?

Las personas interesadas en percibir esta ayuda por nacimiento o adopción deben presentar la solicitud, disponible en la página web www.aytosalmanca.es, en el Registro General del Ayuntamiento.

El plazo de presentación de la misma será de seis meses a partir del día siguiente al nacimiento, o en el caso de adopción a partir del día siguiente a la fecha de inscripción que figura en el Libro de Familia.

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