Cómo beneficiarse del descuento de 20 céntimos por litro en el precio de los carburantes

La medida, que afecta tanto a particulares como empresas, entra en vigor este viernes y se extenderá, al menos, hasta el día 30 de junio

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 Imagen de un motorista repostando.
Imagen de un motorista repostando.

Este viernes entra en vigor la bonificación en el precio de los carburantes aprobada este martes en el Consejo de Ministros. Así, el descuento se hasta el próximo 30 de junio y se efectuará en la factura final, es decir, la realizarán las estaciones en de servicio en el mismo punto de venta y tras el repostaje. 

Por tanto, en cada suministro que se realice en las condiciones que supongan la aplicación de la bonificación, el descuento se efectuará en la factura final, impuestos incluidos, equivalente al importe de la bonificación. Es decir, la bonificación se aplicará en la misma estación de servicio en la que se lleve a cabo el repostaje y estas deberán hacer contar en el ticket, factura o similar el importe de la operación, distinguiendo el precio antes de aplicar el descuento y después de aplicar la bonificación, así como el importe de la bonificación aplicada o bien hacer eferencia expresa a la aplicación de la bonificación recogida en el Real Decreto-ley

Los productos cuya adquisición dará derecho a la bonificación serán la gasolina, el gasóleo A y B, el gasóleo para uso marítimo, los gases licuados de petróleo para la propulsión de vehículos, el gas natural comprimido licuado para vehículos, el gas natural licuado, el bioetanol, el biodiesel, así como las mezclas de gasolina con bioetanol o de gasóleo con biodiesel que requieran etiquetado específico. También dará derecho a la bonificación la adquisición del aditivo AdBlue.

La norma también marca los usos que darán derecho a estas bonificaciones: uso como carburante en motores de vehículos terrestres, uso como carburante en embarcaciones y uso como carburante en motores estacionarios y todo tipo de maquinaria. La rebaja que promueve el Real Decreto-ley asciende a los 0,20 euros por litro o por kilo de combustible repostado tanto por personas usuarias particulares como por parte de empresas y autónomos.

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