​¿Corre verdaderamente Salamanca el riesgo de ser ‘confinada’?

La ciudad cumple dos de los cuatro criterios marcados por el Gobierno, pero no los dos relacionados con los positivos. Sin embargo, está al límite de ambos, por lo que si la situación empeora, la capital corre el riesgo de volver a una especie de Fase 1

 Turistas coronavirus Salamanca (5)
Turistas coronavirus Salamanca (5)

Este pasado jueves, 1 de octubre, se publicaba en el Boletín Oficial del Estado el acuerdo alcanzado en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud por el que se fijan las actuaciones coordinadas en materia de salud pública para responder a la situación de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones por COVID-19.

Una orden “de obligatorio cumplimiento” para toda España, si bien Castilla y León no pondrá problemas para su aplicación ya que fue unas de las comunidades autónomas que votó a favor de su implantación -la única gobernada por PP y Ciudadanos que lo hizo, de hecho-, que marca los nuevos criterios para aplicar unas medidas restrictivas que son similares a las de la Fase 1 de la desescalada.

En concreto, cuatro son los criterios que se han de cumplir para aplicar dichas restricciones en las ciudades. Para comenzar, los municipios han de contar con más de 100.000 habitantes; asimismo, la incidencia en los 14 días previos ha de superar los 500 casos por cada 100.000 habitantes; por su parte, la tasa de positividad de las pruebas PCR debe ser superior al 10%; y por último, las UCIs de la comunidad autónoma deben tener una ocupación de más del 35%.

Salamanca, por el momento, cumple dos de los criterios: tiene más de 100.000 habitantes y la UCI tiene una ocupación superior al 35%: tanto la de Salamanca (80%) como la de todos los hospitales de la Comunidad (72%). Sin embargo, todavía no tiene una tasa de positividad superior al 10%, aunque se encuentra cerca (9,72%); y tampoco tiene una incidencia acumulada de más de 500 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días. Es más, las cifras quedan lejanas (377,69).

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De hecho, en rueda de prensa, la consejera de Sanidad, Verónica Casado, apuntaba cuáles eran las ciudades que más cerca estaban de este ‘confinamiento’, mostrando su preocupación por León y Valladolid, que se acercan a cumplir los indicadores con “cifras cercanas”, pero no por Salamanca.

Igualmente, la orden recomienda que las comunidades y ciudades autónomas aprueben planes especiales de actuación para controlar la expansión de los contagios en aquellos municipios de menos de 100.000 habitantes en los que se superen dichos criterios, si bien la Junta de Castilla y León ha dejado

¿Qué medidas se aplicarían en el caso de superar los indicadores? ¿Es un confinamiento?

La respuesta a la segunda pregunta no es difícil de contestar. No sería un confinamiento como el que se vivió durante la fase más dura del estado de alarma, cuando los ciudadanos sólo podían salir de sus casas para ir a la compra, tirar la basura o pasear al perro. De hecho, las medidas a aplicar son muy similares a las que vivimos durante la Fase 1 de la desescalada, puesto que principalmente afectan a la movilidad y la capacidad de reunión de las personas.

Así, la medida principal es que se restringirá la entrada y la salida a los municipios salvo para los desplazamientos justificados, ya sean por motivos de trabajo, sanitarios, legales o judiciales, de educación, para volver a la residencia habitual o por otras causas debidamente acreditadas.

Eso sí, dentro de los municipios sí existirá la libre movilidad, siempre y cuando se utilicen las medidas de protección, tanto individuales como colectivas (uso de mascarilla o distancia social).

¿Se pueden atravesar las ciudades para dirigirse a otras?Sí. Si por ejemplo estas medidas se aplicaran en Salamanca, los vecinos de Guijuelo que quisieran ir a Zamora podrían cruzar la capital charra, pero no quedarse.

En lo que a los comercios respecta, las tiendas, locales comerciales y servicios abiertos de cara al público tendrán un aforo máximo del 50% y tendrán que cerrar, como tarde, a las 22 horas “salvo excepciones”.

Por su parte, los bares, restaurantes, establecimientos de hostelería y restauración y locales de juegos y casas de apuestas podrán abrir hasta las 23 horas, si bien no podrán admitir clientes a partir de las 22 horas (con la excepción de aquellos que sirvan comida a domicilio). El aforo en los mismos será del 50% en el interior y el 60% en las terrazas, y el consumo en barra no estará permitido. Además, la ocupación máxima por mesa será de seis personas.

Y es que esa es otra de las medidas fundamentales que se acordó en el Consejo Interterritorial. Porque, de aplicarse la orden, las reuniones sólo podrán ser de seis personas, tanto en espacios públicos como privados (lo que incluye domicilios). Sólo habrá la excepción de personas que sean convivientes y las actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas.

Asimismo, el aforo también se limita en los siguientes espacios:

- En instalaciones deportivas, el aforo máximo es del 50% en interior y del 60% en exterior

- En lugares de culto, el aforo máximo será de un tercio

- Los velatorios podrán ser de 10 personas en interiores y de 15 personas en exteriores, sean o no convivientes. Asimismo, la participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringirá a un máximo de quince personas

- La práctica deportiva en grupos se reducirá a un máximo de seis personas

-En academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas el aforo máximo será del cincuenta por ciento

- Respecto a las competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional (como Segunda B o la Liga Femenina de Baloncesto) será de aplicación el Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional en la temporada 2020/2021, elaborado por el Consejo Superior de Deportes en colaboración con las distintas federaciones (RFEF y FEB, respectivamente)

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