¿Debería ser obligatoria la jornada intensiva en verano para todas las empresas?

Tendría lugar entre el 1 de junio y el 30 de septiembre, realizando ocho horas seguidas de trabajo

Trabajar en verano
Trabajar en verano

El verano, de toda la vida, está asociado al descanso, a la relajación, a la playa, al mar… En definitiva, está asociado a las vacaciones y a la pereza de trabajar.

Son muchas las empresas que apuestan por la jornada intensiva durante la época estival, con el fin de que sus trabajadores puedan disponer del disfrute de un mayor descanso personal tras la jornada laboral.

 El objetivo es que los trabajadores sigan rindiendo de la misma manera, y puedan disfrutar más de está época hecha para el disfrute.

Esto es así, porque trabajar en jornada intensiva no está reñido con la productividad. Varios estudios demuestran que en esta época los trabajadores que tienen jornada intensiva rinden más que los que trabajan en horario de jornada partida.

La jornada partida, generalmente, se aplica entre el 1 de junio y el 30 de septiembre en horario de 07:00 a 15:00 o de 08:00 a 16:00 horas, dependiendo de lo que imponga la empresa.

 Dentro de estos horarios también se incluyen los ‘break’, es decir, los descansos. Según el artículo 34.4 del Estatuto de los Trabajadores, el trabajador “cuando exceda las seis horas tendrá derecho a los descansos de un mínimo de 15 minutos”.

Sin embargo, todavía son muchas las empresas que no se deciden por la jornada intensiva en verano ¿deberían los trabajadores exigirla por convenio? ¿debería obligarse a todas las empresas a llevarla a cabo?

Con estas preguntas sobre la mesa, como cada año, la polémica está servida, y con la máxima expectación de saber qué pasará en el futuro.

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