Cualquier persona, aunque no haya cotizado o no lo suficiente, puede optar a las pensiones no contributivas, ayuda sin la cual, estas personas no podrían subsistir.
Existen dos tipos de pensiones no contributivas que son incompatibles entre sí: la de jubilación y la de invalidez. En ambos casos, los beneficiarios reciben una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y los servicios sociales pertinentes.
En caso de que una persona esté recibiendo alguna de estas dos pensiones no contributivas, no podrá solicitar pensiones asistenciales (PAS), Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos, ayudas de Asignación Familiar por Hijo a Cargo con Discapacidad o algún tipo de pensión contributiva.
Por otra parte, la pensión de invalidez no impide realizar actividades laborales, por lo que el usuario podrá compatibilizar la ayuda con los ingresos generados de la actividad laboral durante los cuatro años siguientes al inicio de la misma, siempre y cuando la suma de ambos ingresos no superen los 11.992,43 euros.
No obstante, si se está cobrando la pensión no contributiva de invalidez y se alcanza la edad de jubilación, el beneficiario deberá elegir qué pensión continúa cobrando, ya que ambas no pueden recibirse.
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