El límite máximo de velocidad alcanzado en las carreteras españolas está estipulado en la actualidad en 120 km/h, sin embargo, hay una excepción aprobada por la Dirección General de Tráfico (DGT) que permite llegar a alcanzar los 150 km/h, aunque siempre bajo el cumplimiento de unas reglas.
Tal y como detalla el medio ‘20minutos Motor’, la DGT permite alcanzar los 150 km/h “cuando se lleva a cabo un experimento o prueba de un vehículo, en el que se necesita probar la conducción a velocidades superiores al límite establecido”. No obstante, también se refleja que en estos casos “solo se podrá pilotar hasta un máximo de 30 km/h sobre el límite”.
Asimismo, todos los vehículos autorizados para circular superando el límite de velocidad establecido a 120 km/h deben de portar una señalización V-12.
Según el artículo 47 del Reglamento General de Vehículos, de 'Pruebas o ensayos de investigación extraordinarios realizados por fabricantes, carroceros y laboratorios oficiales' "con sujeción a las normas establecidas en la presente subsección podrán otorgarse a los fabricantes de vehículos o a sus representantes legales, a los carroceros y a los laboratorios oficiales, que sean titulares de permisos temporales de empresa, autorizaciones para realizar con un determinado vehículo pruebas o ensayos de investigación extraordinarios, que les permitirá realizar excepcionalmente ensayos en autopistas, autovías y demás vías públicas del territorio nacional, para los que sea necesario sobrepasar las limitaciones genéricas de velocidad establecidas para este tipo de vías.
En tales casos, el órgano competente para otorgar el permiso fijará en el mismo la velocidad máxima a desarrollar, que, salvo que la vía se haya cerrado al tráfico general, no podrá ser superior a 30 kilómetros por hora sobre la normalmente autorizada para la vía y vehículo de que se trate".
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