La Fiscalía endurece el límite legal de alcoholemia para que el 0.4 mg/l sea considerado delito

El objetivo de esta nueva medida es reducir al máximo la conducción habiendo consumido alcohol, con el fin de que nadie se salte las normas

Control de alcohol. Foto de archivo
Control de alcohol. Foto de archivo

Por todos es sabido que el consumo de alcohol y drogas no es compatible con ir al volante, a pesar de que, de vez en cuando alguno, se salte las normas. Justo por este motivo, incumpliendo de la ley, saltarse la ley a la torera, la Fiscalía Española ha decidido endurecer las sanciones. Además el punto de mira está puesto en la pena de cárcel, con el objetivo de que las normas de seguridad de vial se respeten porque en caso de no hacerlo se estaría atentando contra la propia vida, una vulneración penada.

Hasta ahora en nuestro país conducir ebrio tiene sanciones, incluso pena de cárcel también, muy menor, pero el objetivo es reducir los límites permitidos, con lo que el riesgo de ir a prisión se incrementa. La infracción comienza cuando un conductor se pone al volante superando los 0.25mg/l. Aunque para los conductores noveles la tasa permitida es menor, los 0.15mg/l. En materia penal el delito por alcoholemia se considera cuando se rebosan los 0.6mg/l en caso de un control rutinario y los 0.5mg/l en caso de estar implicado en un accidente de tráfico.

Con la nueva medida lo que pretende la Fiscalía es bajar el límite establecido que hemos mencionado en líneas anteriores. De hecho, lo que pide el Fiscal de Seguridad Vial es que los conductores que alcancen los 0.4mg/l al volante sean considerados como delito penal.

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