GUÍA | ¿Qué cambia en Salamanca con el nivel 3?

La provincia entra este martes en el nivel 3 del semáforo COVID que trae consigo algunos cambios, pero sin ser significativos

Una terraza salmantina | Foto: S24H
Una terraza salmantina | Foto: S24H

Salamanca entrará en nivel 3 este martes. Ya lo anunció este medio de comunicación el pasado jueves, 10 de diciembre, apuntando que la Junta de Castilla y León rebajaría el nivel de riesgo en Salamanca esta semana. El lunes, a través de un comunicado de prensa, anunció este paso a un nivel inferior dados los buenos datos que presentaba la provincia. Así, este martes, oficialmente, Salamanca estrena nivel 3 del semáforo COVID. 

Un nivel 3 que trae consigo el alivio de algunas restricciones, aunque, y como se va a especificar a continuación, no tiene grandes cambios, sobre todo que afecten a la hostelería, puesto que, hay que recordar que sigue siendo un nivel de riesgo alto.

Hostelería:

Precisamente, en la hostelería la reducción de las medidas solo se notará en restaurantes con grandes salones, puesto que en el resto de los establecimientos el aforo pasa del 33 al 75 % en el caso de salas de hasta 40 comensales y del 50 % en el caso de salas de más de 40. Sin embargo, al seguir prohibido el consumo en barra o de pie, el uso de las mesas es el único medio y como estas deben guardar una distancia mínima de dos metros entre las mesas, el cambio va a ser muy bajo. La limitación de agrupación de personas en mesas seguirá siendo de seis.

Por su parte, el aforo en terrazas seguirá al 75%, con 6 personas por mesa y una distancia entre ellas de 1,5 metros.

Velatorios:

Los velatorios seguirán con un número máximo de 15 personas al aire libre y 10 en espacios cerrados, sin superar en ningún caso un tercio del aforo máximo permitido. La comitiva se restringe a un máximo 15 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, la persona que oficie el acto de despedida del difunto.

Ceremonias nupciales y otras celebraciones religiosas o civiles:

Si estas celebraciones son al aire libre se podrán desarrollar con un máximo de 50 personas, sin superar en ningún caso un tercio del aforo máximo permitido.

Bibliotecas:

El aforo máximo en este nivel 3 para las bibliotecas será del 50% para cada una de sus salas y espacios públicos y un máximo de 10 personas en las actividades grupales incluida la persona que la dirija.

Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y otros espacios:

Cerrados o al aire libre, destinados a actividades culturales, espectáculos públicos y actividades recreativas, que cuenten con butacas preasignadas, podrán desarrollar su actividad con un aforo máximo del 50%, siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.

Del mismo modo, solo podrá haber un máximo de 100 personas en el interior y 200 al aire libre.

En el caso de los museos y salas de exposiciones el aforo máximo estará limitado al 33%.

Actividad e instalaciones deportivas y centros deportivos:

El deporte al aire libre (ciclismo, running, senderismo, montañismo…) no tiene limitaciones, siempre y cuando se respeten las medidas de seguridad,

Para las instalaciones al aire libre el aforo será de un máximo del 50%, mientras que en espacios deportivos cerrados el máximo será del 33%.

Por su parte, para la asistencia como público a eventos deportivos el aforo máximo será del 50% con asientos preasignados. Cuando esto no sucede el aforo tendrá un tope del 33% con 100 personas en el interior y 200 al aire libre.

Piscinas:

En las piscinas al aire libre o cubiertas, para uso recreativo o deportivo, incluidas las que pertenezcan a comunidades de propietarios, tanto el acceso como la propia práctica deportiva o recreativa, estarán sometidas a las siguientes reglas y límites de aforo: Aforo máximo del 50% en piscinas al aire libre, y del 33% en piscinas cubiertas.

Atracciones de feria:

Las atracciones de feria podrán ocuparse de acuerdo con las siguientes reglas y límites de aforo: en las atracciones con asientos, el 50% de ocupación por cada fila. En las atracciones sin asientos, el 50% de la capacidad de la instalación si es posible mantener la distancia de seguridad interpersonal. No se podrá superar el 50% del aforo.

Actividad de plazas, recintos e instalaciones taurinas:

En las plazas, recintos e instalaciones taurinas se podrán desarrollar actividades taurinas siempre que el público permanezca sentado. Se podrá llegar a un máximo del 50%, siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia

Las residencias públicas y privadas de personas mayores y de personas con discapacidad:

En este nivel 3 se permitirán los nuevos ingresos previo resultado negativo en la prueba que se determine y con los requisitos previstos en la Guía de actuaciones.

Se podrán limitar las visitas en los centros residenciales de personas mayores, permitiéndose únicamente en circunstancias individuales en las que sean de aplicación medidas adicionales de cuidados y humanización o situaciones de final de la vida, que adoptará la dirección del centro y sin perjuicio del uso formas alternativas de contacto entre los residentes y sus familiares tales como videoconferencias, llamadas telefónicas, videollamadas o similares. 

Se podrán limitar las salidas de los residentes fuera del recinto de la residencia salvo para acudir al médico y similares o situaciones de fuerza mayor

Los centros residenciales públicos y privados de protección y reforma de menores

Se podrán limitar las visitas de los familiares, extremando las medidas de seguridad e higiene, sin perjuicio del uso formas alternativas de contacto entre los menores y sus familiares tales como videoconferencias, llamadas telefónicas, videollamadas o similares.

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