La hostelería de Salamanca estará abierta para el puente de diciembre: el alcalde no tiene "ninguna duda"

Superficies comerciales e instalaciones deportivas también podrán retomar su actividad


 Terrazas coronavirus Plaza Mayor ocio nocturno (3)
Terrazas coronavirus Plaza Mayor ocio nocturno (3)

Salamanca contará con el beneplácito de la Junta de Castilla y Léon para que su hostelería, su comercio y sus instalaciones deportivas estén abiertas en el puente de diciembre, es decir, a partir del día 4.

Así lo ha asegurado el alcalde de Salamanca, Carlos García Carbayo, que no tiene “ninguna duda” de que la ciudad cumplirá en esa fecha con los requisitos que ha marcado la institución regional para que se produzca este alivio de las medidas restrictivas para contener la pandemia del coronavirus.

Para entonces, Salamanca deberá contar con una tasa de incidencia del virus por debajo de 400 casos por 100.000 habitantes en los últimos 14 días, una tendencia que tendrá que estar “consolidada”, según indicaron los responsables de la Junta en la reunión que mantuvieron esta semana con alcaldes y presidentes de diputaciones provinciales.


Abiertos, pero con restricciones

Una vez se logre este objetivo, algo que el regidor salmantino considera asegurado de cara a los primeros días festivos de diciembre, los citados establecimientos podrán volver a abrir con las restricciones inmediantamente previas a su cierre.

En el caso de la hostelería y restauración, se recuerda que el consumo dentro del local no se podrá efectuar en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, no pudiendo superarse el 33 % del aforo. Se limitará la ocupación máxima de mesas o agrupaciones de mesas a 6 personas. En todo caso, la distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas será de 1,5 metros en terrazas al aire libre, y de 2 metros en el interior de los establecimientos. Las terrazas se podrán abrir con el 75 % del aforo.

Los grandes establecimientos comerciales abrirán con un aforo máximo de 1/3, y se mantendrá el horario establecido por el estado de alarma (RD 926/2020).

Para el deporte en establecimientos cerrados es obligatoria la mascarilla (excepto para competiciones oficiales) y desarrollo de deporte sin contacto físico, excepto deportistas profesionales, de alto nivel o de alto rendimiento. El aforo máximo será del 33 %.

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