La Junta convoca con 232 millones las ayudas directas para sectores afectados por el COVID

El Ejecutivo recoge la posibilidad de aumentar con fondos propios estas ayudas si se agotan los fondos del Gobierno

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La Junta convoca con 232 millones las ayudas directas para sectores afectados por el COVID
La Junta convoca con 232 millones las ayudas directas para sectores afectados por el COVID

La Junta aprueba las bases reguladoras y convoca las ayudas directas, a autónomos y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, con el fin de reducir el impacto económico del coronavirus, al enviar el Gobierno 232,56 millones de euros. Así lo recoge una orden del 17 de mayo, según publica este miércoles, 19 de mayo, el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).

Asimismo, la Junta recoge la posibilidad de articular, con crédito autónomo, un nuevo procedimiento dirigido a apoyar igualmente la solvencia y a reducir el endeudamiento de los sectores afectados en el caso de que se agoten los recursos otorgados por el Gobierno a la Comunidad.

El período de presentación de solicitudes de las ayudas reguladas en esta orden comenzará el día siguiente de la publicación de la convocatoria y finalizará a las 24 horas del día 6 de julio. La solicitud, acompañada de la documentación exigida en esta convocatoria, se presentará telemáticamente mediante firma electrónica avanzada en el registro electrónico de la Junta de Castilla y León, según el modelo previsto en el formulario que podrá obtenerse en la sede electrónica de Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es. 

El encargado de la tramitación y gestión de las solicitudes así como su resolución, el abono de la ayuda, los controles previos y posteriores al pago y cuantas actuaciones sean necesarias para garantizar la adecuada utilización de estas ayudas es el Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León, ente público adscrito a la Consejería de Economía y Hacienda. 

La Junta argumenta que se trata de ayudas coyunturales y extraordinarias, por lo que se aprueban en esta orden, que entra en vigor este jueves, tanto las bases reguladoras de las subvenciones como la convocatoria, con el fin de acortar los plazos de tramitación administrativa y poner en marcha dichas medidas "en el más breve espacio de tiempo posible".

En las bases se establecen tres tipos de beneficiarios: empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; el resto de empresarios o profesionales cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo indirecto equivalente en 2020 haya caído más de un 30 por ciento con respecto a 2019, incluido las entidades no residentes; y los grupos consolidados que tributen en el Impuesto sobre Sociedades en el régimen de tributación consolidada, cuyo volumen de operaciones anual en 2020 haya caído más de un 30 por ciento con respecto a 2019.

En el caso de grupos consolidados que tributen en el Impuesto sobre Sociedades en el régimen de tributación consolidada, a efectos del cumplimiento de los requisitos de elegibilidad y transferencias, se entenderá como beneficiario el citado grupo como un contribuyente único y no cada una de las entidades que lo integran, por lo cual el volumen de operaciones a considerar para determinar la caída de la actividad será el resultado de sumar los volúmenes de operaciones de todas las entidades que conforman el grupo. Esta regla se aplicará solo en relación con las entidades que formaron parte del mismo grupo tanto en 2019 como en 2020.

Los empresarios, profesionales o entidades cuyo volumen de operaciones en 2020 haya sido inferior o igual a diez millones de euros y no apliquen el régimen de grupos en el impuesto de sociedades y tengan su domicilio fiscal en Castilla y León solamente podrán concurrir a esta convocatoria.

Los grupos y los empresarios, profesionales o entidades cuyo volumen de operaciones en 2020 haya sido superior a diez millones de euros que también desarrollen su actividad económica en territorios autonómicos distintos de Castilla y León, podrán participar en las convocatorias que se realicen en todos los territorios en los que operen, conforme los criterios de distribución de la caída de actividad entre los diferentes territorios.

Las entidades en régimen de atribución de rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas podrán solicitar las ayudas cuando cumplan las condiciones para ello. La beneficiaria directa de la ayuda será la entidad solicitante y no sus socios, comuneros, herederos o partícipes.

La ayuda que podrá percibir cada beneficiario, excepto en el caso de los que apliquen el régimen de estimación objetiva en el IRPF, no podrá ser inferior a 4.000 euros, ni superar los 200.000.

Las solicitudes serán resueltas por la Presidencia del Instituto, a propuesta de la Dirección General del Instituto, sin perjuicio de las desconcentraciones o delegaciones que puedan efectuarse. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es el 31 de diciembre del año en el que se publique la convocatoria.

El pago de la ayuda se efectuará, mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por el beneficiario en la solicitud. A los empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se les realizará un solo pago máximo de 3.000 euros y al resto de empresarios, profesionales y grupos de empresa, se les efectuará un primer pago de 4.000 euros y, si procede, un segundo pago del importe de la ayuda.

Sectores incorporados por la Junta

La Administración autonómica ha realizado un análisis de los sectores que se han visto especialmente afectados por la crisis de la COVID-19 y ha añadido 89 actividades a la establecidas en el RD: 37 de comercio, 15 del ámbito agrícola/ganadero, otras 15 de turismo/cultura, seis de educación, cinco del ámbito sanitario, ocho del área de servicios sociales y tres de otros servicios.

Entre ellos se encuentran explotaciones de ganado bovino, ovino, caprino, porcino y equino; avicultura; elaboración de vinos; fabricación de cerveza, quesos, pan, productos cárnicos; reparación de vehículos y repuestos; flores y plantas; frutas, lácteos, textiles y el comercio de aparatos electrodomésticos.

Además, la Comunidad también ha incorporado como subvencionables las actividades de producción cinematográfica, vídeo y televisión; la distribución de programas de televisión; actividades hospitalarias, de medicina general y especializada; peluquerías, transportes de mercancías por carretera; autoescuelas; la creación artística y literaria; y las academias de enseñanza de idiomas, entre otras.

Para determinar estos sectores, la Junta ha tenido en cuenta diferentes criterios: importancia del sector de actividad en la generación y mantenimiento de empleo en la Comunidad Autónoma, importancia dentro de la cadena de valor de la actividad en la que está enmarcado, afectación directa e indirecta de los efectos de la pandemia y de las medidas sanitarias para el control de la misma sobre la actividad de los sectores propuestos desde el mes de marzo de 2020, reducción de la facturación en el sector de forma significativa y efectos de la misma en la estructura de costes del sector, así como la necesidad de acceso a liquidez para sostener la actividad y el empleo en cada sector o el efecto arrastre sobre otros sectores.

Procedimiento ágil

Para la tramitación de las correspondientes solicitudes, la Junta de Castilla y León ha articulado un procedimiento ágil y simplificado, con la menor carga burocrática para los solicitantes, utilizando siempre que sea posible la fórmula de la declaración responsable y sin exigir requisitos adicionales a los previstos en la normativa. Así, en todo el procedimiento será obligatoria la tramitación electrónica.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 20 de mayo y estará abierto hasta el próximo 6 de julio, mientras que el plazo máximo para resolver y notificar la resolución se ha fijado el 31 de diciembre de 2021.

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