La Junta confirma el cierre de Salamanca capital desde el sábado a las 00:00: restricción de movilidad y limitación de aforo

La incidencia en las últimas dos semanas ya supera el margen de 500 casos por cada 100.000 habitantes en Salamanca (504,06) cumpliendo de esta forma las tres condiciones fijadas en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de salud para aplicar las medidas restrictivas de movilidad y limitación de aforo

 Covid Policía Nacional coronavirus Gran Vía plaza de San Julián 1
Covid Policía Nacional coronavirus Gran Vía plaza de San Julián 1

La consejera de Sanidad, Verónica Casado, ha confirmado en rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno de la Junta el cierre de Salamanca capital al superar la últimas de las tres condiciones que se habían fijado en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de salud, noticia que ya había adelantado SALAMANCA24HORAS.COM

De esta forma, la localidad de Salamanca cumple los tres criterios -incidencia superior a 500 casos por cada 100.000 habitantes, UCIs por encima del 35% y tasa de positividad superior al 10%- las dos últimas condiciones ya las cumplía hace días la capital, pero este jueves los nuevos casos ya han hecho que la incidencia se sitúe en 504.06.

Unos positivos que esta nueva jornada alcanzan los 106 contagios recientes, 904 en la última semana y con "una tendencia creciente", según Casado. Del mismo modo, el índice de reproducción del virus, cuya media en Castilla y León se sitúa en torno a 1, en Salamanca se supera llegando a 1,24 (la más alta de toda la comunidad)

Por este motivo, Salamanca se unirá a las ciudades de León y Palencia que ya tienen impuestas estás mismas restricciones que en la localidad charra entrarán en vigor el sábado a las 00:00 horas.

¿Qué medidas se aplicarían en el caso de superar los indicadores? ¿Es un confinamiento? ¿Cuándo entrarían en vigor?

La respuesta a la segunda pregunta no es difícil de contestar. No sería un confinamiento como el que se vivió durante la fase más dura del estado de alarma, cuando los ciudadanos sólo podían salir de sus casas para ir a la compra, tirar la basura o pasear al perro. De hecho, las medidas a aplicar son muy similares a las que vivimos durante la Fase 1 de la desescalada, puesto que principalmente afectan a la movilidad y la capacidad de reunión de las personas.

Así, la medida principal es que se restringirá la entrada y la salida a los municipios (en principio, sólo la ciudad de Salamanca) salvo para los desplazamientos justificados, ya sean por motivos de trabajo, sanitarios, legales o judiciales, de educación, para volver a la residencia habitual o por otras causas debidamente acreditadas.

Eso sí, dentro de los municipios sí existirá la libre movilidad, siempre y cuando se utilicen las medidas de protección, tanto individuales como colectivas (uso de mascarilla o distancia social).

¿Se pueden atravesar las ciudades para dirigirse a otras? Sí. Si por ejemplo estas medidas se aplicaran en Salamanca, los vecinos de Guijuelo que quisieran ir a Zamora podrían cruzar la capital charra, pero no quedarse.

En lo que a los comercios respecta, las tiendas, locales comerciales y servicios abiertos de cara al público tendrán un aforo máximo del 50% y tendrán que cerrar, como tarde, a las 22 horas “salvo excepciones”.

Por su parte, los bares, restaurantes, establecimientos de hostelería y restauración y locales de juegos y casas de apuestas podrán abrir hasta las 23 horas, si bien no podrán admitir clientes a partir de las 22 horas (con la excepción de aquellos que sirvan comida a domicilio). El aforo en los mismos será del 50% en el interior y el 60% en las terrazas, y el consumo en barra no estará permitido. Además, la ocupación máxima por mesa será de seis personas.

Y es que esa es otra de las medidas fundamentales que se acordó en el Consejo Interterritorial. Porque, de aplicarse la orden, las reuniones sólo podrán ser de seis personas, tanto en espacios públicos como privados (lo que incluye domicilios). Sólo habrá la excepción de personas que sean convivientes y las actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas.

Asimismo, el aforo también se limita en los siguientes espacios:

- En instalaciones deportivas, el aforo máximo es del 50% en interior y del 60% en exterior

- En lugares de culto, el aforo máximo será de un tercio

- Los velatorios podrán ser de 10 personas en interiores y de 15 personas en exteriores, sean o no convivientes. Asimismo, la participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringirá a un máximo de quince personas

- La práctica deportiva en grupos se reducirá a un máximo de seis personas

-En academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas el aforo máximo será del cincuenta por ciento

- Respecto a las competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional (como Segunda B o la Liga Femenina de Baloncesto) será de aplicación el Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional en la temporada 2020/2021, elaborado por el Consejo Superior de Deportes en colaboración con las distintas federaciones (RFEF y FEB, respectivamente)

Las medidas en vigor entrarán este mismo sábado a las 00:00 horas, una vez sean publicadas en el Boletín Oficial de Castilla y León el viernes.


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