La justicia reconoce por primera vez el derecho a indemnización a un funcionario interino

La sentencia reconoce 20 días por año trabajado a un profesor, cesado tras una sustitución, y lo equipara a un despido por razones objetivas

 La justicia reconoce por primera vez el derecho a indemnización a un funcionario interino
La justicia reconoce por primera vez el derecho a indemnización a un funcionario interino

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) recoge la primera sentencia en España que reconoce el derecho a indemnización a un funcionario interino tras su cese. La sentencia pionera proviene del Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de la Coruña y reconoce el derecho de un docente, F.L.R, a percibir una indemnización por el periodo en el que estuvo cubriendo una sustitución. La sentencia –contra la que sólo cabe recurso ante el Tribunal Supremo-- le reconoce una indemnización de 20 días por año trabajado, similar a la que corresponde a un despido por razones objetivas, técnicas, económicas, organizativas o de producción.

Esta sentencia abre la puerta a miles de reclamaciones, por ejemplo, de profesores interinos que son cesados durante los meses de verano para reincorporarse en septiembre con el comienzo del curso escolar. Solamente en el mes de junio, fueron cesados 51.487 personas, la cifra más alta de los últimos nueve años.

Hasta la fecha, los tribunales únicamente se habían pronunciado a favor del personal laboral de las administraciones, si bien aún no se reconocía este derecho a los funcionarios interinos. Se calcula que en España hay unas 250.000 personas en esta situación. El juez entiende que el funcionario interino tiene el mismo derecho que los empleados temporales en régimen laboral de la Administración Pública, como sucedió en la sentencia del auxiliar administrativo Diego Porras, que motivó la llamada de atención del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

CSIF valora de manera positiva esta sentencia ganada por sus servicios jurídicos, que pone de manifiesto la necesidad de abordar de manera inmediata el proceso de estabilización del empleo público en el conjunto de las comunidades autónomas, dado que podría producirse un aluvión de reclamaciones y la saturación de los juzgados.

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