El Juzgado anula una sanción de 600 euros por participar en una manifestación no comunicada

En el expediente se les declaraba como organizadores, algo que no se pudo acreditar fehacientemente. La Ley dicta que solo los promotores de estas manifestaciones no autorizadas deben ser sancionados, como asegura la Comisión Legal del 15M

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Dos personas han sido absueltas por el Juzgado después de que se le impusiera una multa de 600 euros a cada uno de ellos por la participación activa, como organizadores, de una manifestación no autorizada el pasado 14 de diciembre de 2016.

Según la sentencia que ha hecho llegar la Comisión Legal del 15M en Salamanca, en la denuncia impuesta se alegaba que estas dos personas eran las cabecillas y que, encontrándose en la Puerta de Zamora, invadieron la calzada cortando la circulación y avanzando hacia la Subdelegación del Gobierno previo paso por la plaza de España. Todo ello sin haberlo anunciado a la propia Subdelegación y, por tanto, de manera no autorizada.

Ante ello, se les impuso la sanción de 600 euros, algo que alegaron de manera judicial, que ha dictaminado que no hay pruebas suficientes de que ellos dos fueron los promotores de la misma, a los que la Ley declara responsables de estas manifestaciones no comunicadas. 

Así, el fallo, firme, dicta que le deben ser devueltos los 600 euros, ya que no existen los indicios suficientes para considerar a estas dos personas como los organizadores. Ante ello, la Comisión del 15M se congratula, según comentan, después de que tras la concentración, se iniciaran varios procedimientos sancionadores similares "simplemente por el hecho de que estaban presentes y eran habituales de otras actividades de protesta". 

Como comentan también en una nota de prensa, en este caso, una persona sí organizó y promovió la manifestación espontánea, y "asumió su responsabilidad, pagando la sanción correspondiente, no debiendo haber imputado a personas que simplemente se habían sumado a la manifestación".

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