Ley de Bienestar Animal: esta será la multa por mantener a un perro o a un gato de forma habitual en el balcón

La norma contempla una serie de sanciones, clasificándose en leves, graves y muy graves

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Archivo: Perro y gato. Foto EP
Archivo: Perro y gato. Foto EP

La Ley de Bienestar Animal, aprobada definitivamente este jueves por el Congreso de los Diputados, afecta a todos los animales de compañía y silvestres en cautividad, excepto a los perros de caza, guarda y de trabajo que quedaron excluidos de la norma por una enmienda presentada por el PSOE y que obtuvo el respaldo del PP, VOX, CS, CC y PNV.

La norma en cuestión establece que los vertebrados deberán vivir en condiciones "dignas" que garanticen su bienestar, derechos y desarrollo saludable. En este sentido, también recoge que estos animales no podrán estar atados o deambulando sin supervisión ni se podrá mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos, ya que estaría considerado como infracción grave. La nueva ley contempla una serie de sanciones, pero ¿a cuánto pueden ascender?

Tipos de infracciones

Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves y en el documento explican que se sancionarán de la siguiente manera: 

a) Las infracciones leves con apercibimiento o multa de quinientos a diez mil euros. "Se considera infracción leve toda conducta que, por acción u omisión y sin provocar daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal, conlleve la inobservancia de prohibiciones, cuidados u obligaciones establecidas legalmente o las derivadas del incumplimiento de responsabilidades administrativas por parte de los titulares o responsables del animal", apuntan en el texto.

b) Las infracciones graves con multa de diez mil uno a cincuenta mil euros. "Se considera infracción grave toda conducta que por acción u omisión y derivada del incumplimiento de las obligaciones o de la realización de conductas prohibidas impliquen daño o sufrimiento para el animal, siempre que no les causen la muerte o secuelas graves". 

c) Las infracciones muy graves con multa de cincuenta mil uno a doscientos mil euros. "El incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones exigidas por esta ley cuando se produzca la muerte del animal, siempre que no sea constitutivo de delito, así como el sacrificio de animales no autorizado".

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