La ordenanza que regulará los apartamentos de uso turístico comienza su tramitación

El concejal de Cultura, Julio López, ya avanzó que se trata de una norma que buscará evitar malas prácticas o alojamientos ilegales. Prevé sanciones de hasta 3.000 euros y el cierre

 1895727
1895727

La tramitación de la futura ordenanza municipal que regulará la actividad de apartamentos y pisos de uso turístico ha arrancado este martes de la última reunión del Grupo de Trabajo creado para analizar esta materia

Al texto inicial se han incorporado propuestas de técnicos municipales, de los grupos políticos y de la Asociación de Empresarios de Hostelería de Salamanca que lo han completado. Asimismo, se han realizado cambios en la norma para adaptarla a la nueva Ley de Propiedad Horizontal aprobada recientemente por el Gobierno de España.

Una vez que el Grupo de Trabajo ha confeccionado el texto tendrá que ser informado jurídicamente y posteriormente se abrirá un periodo de exposición pública para que cualquier ciudadano pueda presentar alegaciones que completen o enriquezcan la norma municipal con la que se persigue garantizar la calidad y evitar el intrusismo.

Tal y como informó el concejal de Turismo, Julio López, en la presentación del texto inicial, se trata de una norma que no persigue ni prohibir ni incentivar esta actividad, sino regularla a través de herramientas para su control, inspección y sanción con el fin de evitar malas prácticas o alojamientos ilegales.

Cabe recordar que se ha elaborado utilizando como base la Ordenanza Municipal sobre Actividades Inocuas del Ayuntamiento de Salamanca al entender que encaja en esta regulación. La norma viene a completar la regulación que ya existe para esta actividad en la Comunidad de Castilla y León (Decreto 17/2015, de 26 de febrero y Decreto 3/2017, de 16 de febrero).

El texto recoge medidas para garantizar las debidas condiciones de seguridad y evacuación de los alojamientos, y la obligatoriedad del titular a adoptar las previsiones necesarias a fin de que su actividad no ocasione molestias a los vecinos y residentes.

Asimismo, para facilitar la inspección, la ordenanza contempla la obligatoriedad por parte de los titulares, gerentes o responsables legales, encargados o empleados de los establecimientos y sus usuarios, siendo ésta medida también una novedad, a permitir el acceso a los mismos de la Policía Local y de los servicios técnicos municipales competentes con objeto de comprobar el cumplimiento de la normativa establecida en esta materia.

La nueva ordenanza establece infracciones que pueden ser sancionadas con multas de hasta 750 euros, para infracciones leves; hasta 1.500 euros y/o clausura del establecimiento o actividad por un periodo de tiempo no superior a tres meses, para las infracciones graves; y multas de hasta 3.000 euros y la clausura del establecimiento o actividad por un máximo de seis meses en el caso de las infracciones muy graves.

Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios

Lo más leído