Las piscinas de Salamanca abrirán sus puertas el 12 de junio

Falta por ver el aforo que tendrán, si bien puede depender del nivel del semáforo en el que esté la provincia. En el Nivel 2, el aforo máximo puede ser del 75% al aire libre, y en el Nivel 3, del 50%

 Piscinas Garrido (24)
Piscinas Garrido (24)

Ya hay fecha para la apertura de las piscinas al aire libre de Salamanca. El sábado 12 de junio, para alegría y disfrute de los charros, es el día elegido para que los recintos abran sus puertas para los siguientes tres meses, hasta mediados de septiembre.

Este año, al igual que ocurrió el año pasado, habrá una serie de restricciones, eso sí, que todos los usuarios de las piscinas deberán cumplir. Por el momento, y salvo que cambie la norma a nivel nacional, la mascarilla será obligatoria en todo momento salvo en el momento de bañarse.

Tampoco se tendrían que utilizar en las duchas, siempre y cuando las mismas estén abiertas, porque cabe recordar que el pasado año estuvieron cerradas, así como las taquillas, por motivos de seguridad.

El tema que más dudas puede traer es el del aforo. Pese a que todavía se está delimitando cuál será el mismo, lo cierto es que la Junta de Castilla y León establece en su ‘Guía de aplicación por niveles de alerta’ que, según el nivel en el que se encuentre la provincia de Salamanca del semáforo COVID, las piscinas podrán tener un máximo de aforo.

Así, en el Nivel 2, el máximo del aforo es del 75% en piscinas al aire libre y 50% en piscinas cubiertas; y, en Nivel 3, el aforo al aire libre será del 50% como máximo y en piscinas cubiertas será de un tercio.

La misma guía establece que en las piscinas se tendrán que aplicar diferentes normativas, que de las que se informará mediante indicadores visuales, cartelería o mensajes de megafonía.

Como ejemplo, se ha de mantener la distancia de seguridad entre no convivientes, por lo que se podría delimitar el espacio para su ocupación, como se ha hecho en muchos recintos similares.

Asimismo, todos los objetos personales, como las toallas, deben permanecer junto a la persona, evitando el contacto con el resto de usuarios. Y se habilitarán sistemas de acceso que eviten la acumulación de personas y que garanticen que se cumplan las medidas de seguridad y protección sanitaria.

Desinfección constante del recinto

Por otra parte, en las piscinas deberá llevarse a cabo la limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a los espacios cerrados como vestuarios o baños con carácter previo a la apertura de cada jornada, si bien de ello deberá encargarse la empresa concesionaria.

También deberán limpiarse y desinfectarse los diferentes equipos y materiales como vasos, corcheras, material auxiliar de clases, reja perimetral, botiquín de primeros auxilios, taquillas, así como cualquier otro elemento en contacto con las personas usuarias, que forme parte de la instalación.

Los biocidas a utilizar para la desinfección de superficies serán aquellos del tipo de producto 2, referidos en el Anexo V de Reglamento (UE) nº 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas. Asimismo, podrán utilizarse desinfectantes como diluciones de lejía 1:50 recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que estén debidamente autorizados y registrados.

Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios

Lo más leído