Los servicios jurídicos del SUP han tumbado en el Tribunal Supremo, logrando así una sentencia histórica y pionera, la negativa de la Dirección General de la Policía mantenida durante más de dos décadas a pagar a los policías nacionales, durante su mes de vacaciones, el pago de la cuantía que retribuye el trabajo a turnos y que suponía la pérdida de 120 euros. Con esta victoria legal, de la que podrán beneficiarse miles de agentes que desarrollan su trabajo en servicios de carácter permanente en el ámbito de la seguridad ciudadana, se restaura una injusticia que “llevamos años denunciando en todos los foros posibles”.
De esta manera, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo respalda una sentencia previa favorable al SUP que se obtuvo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en octubre de 2018 y que, en una iniciativa cuyo único fin era perjudicar y lesionar los derechos de los policías, fue recurrida por la Abogacía del Estado. Los magistrados, por el contrario, han acogido los argumentos del SUP al considerar que ese pago mensual por el trabajo a turnos no puede interrumpirse durante el mes de vacaciones porque supone una parte más de sus retribuciones ordinarias. En este sentido, la sentencia señala que esos 120 euros mensuales son “una retribución ordinaria por los servicios que se prestan regularmente, de forma habitual, por aquellos que realizan ese trabajo en la forma de ‘turnos rotatorios completos’, y que perciben el correspondiente complemento todos los meses, periódicamente, salvo el de vacaciones”; es decir, estamos ante una percepción fija y periódica en su devengo.
Con esta resolución lograda por el SUP, el Tribunal Supremo acoge sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (de 2011 y 2014, entre otras) y las consideraciones de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, todas ellas invocadas por nuestros los servicios jurídicos del SUP. Gracias a sus efectos, los aproximadamente 18.000 policías nacionales que trabajan a turnos podrán cobrar los 120 euros del mes de vacaciones que hasta la fecha se les retiraban desde que hace ya veintitrés años la Abogacía del Estado provocara que el Tribunal Supremo estableciera un criterio que ahora ha sido enmendado, reparando una injusticia histórica gracias a la iniciativa del sindicato
Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios