La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio establece, por ello, medidas preventivas y organizativas contempladas en la Orden por la que se regula el uso del fuego y se prohíbe realizar trabajos en el monte y franja de 400 metros de terreno rústico que lo circunda con maquinaria que genera como consecuencia de su funcionamiento habitual deflagración, chispas o descargas eléctricas. Las cosechadoras y empacadoras deberán detenerse si se superan simultáneamente los 30ºC de temperatura y 30 kilómetros por hora de intensidad de viento.
Para mañana, día 11 de julio se esperan, además del incremento de las temperaturas máximas y mínimas --derivado de la incursión de aire caliente sahariano-, fuertes vientos que podrán alcanzar intensidades muy importantes y hasta los 50 Km/h en forma de rachas en muchas zonas de la Comunidad. Estas rachas se esperan especialmente intensas en la provincia de Soria, donde podrían llegar a los 60 Km/h en las primeras horas de la tarde.
Este contexto meteorológico incrementa considerablemente la probabilidad de ignición y el índice de consolidación, en especial para mañana en las horas centrales del día y primeras horas de la tarde. Durante el moércoles, 12 de julio, se prevé la retirada de la masa de aire caliente en altura y la normalización de las temperaturas y los vientos esperados.
Ante esta situación, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio declara, por resolución del director general de Patrimonio Natural y Política Forestal, la situación de alerta meteorológica para mañana martes, día 11. Se solicita por ello a la población que extreme aún más las precauciones y avise inmediatamente a través del 112 de la existencia de posibles incendios forestales.
Medidas preventivas: prohibiciones y precaución de la población y trabajos
La resolución prohíbe encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello, el uso de barbacoas en espacios abiertos; suspende las autorizaciones de uso del fuego y de fuegos artificiales; y prohíbe el uso de maquinaria que en su funcionamiento habitual despide chispas como sopletes, soldadores, radiales en el monte y franja de 400 metros de terreno rústico que lo circunda.
En cuanto a la utilización de maquinaria tipo cosechadora o empacadora, se deberá suspender en los momentos en que la temperatura sea superior a 30 grados y la velocidad del viento supere los 30 kilómetros por hora. No obstante, se recomienda posponer las labores no urgentes y mantener la máxima precaución. En todo caso, es necesario tener a mano los medios de extinción y el personal suficientes para controlar los posibles incendios que se puedan originar como consecuencia de la labor.
Asimismo, se solicita a la población que, además de extremar las medidas de prudencia, tenga la máxima precaución en sus actividades al aire libre, primando su seguridad, la de los demás habitantes y sus bienes, y la del monte, solicitando avise a través del 112 de la existencia de posibles incendios forestales.
Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios