El TSJ ratifica que no se deben abonar el plus de formación y seguridad en la construcción

Una sentencia declara ilegal la modificación del Convenio Colectivo del sector, como ya lo había hecho anteriormente el Juzgado de lo Social de Salamanca

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 El sector de la construcción se une para la prevención de riesgos laborales
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La Justicia, esta vez el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, ha fallado recientemente a favor de la Agrupación Empresarial de la Construcción y Servicios Auxiliares de Salamanca (ACONSA), integrada en CES, y ratifica la sentencia favorable del pasado mes de marzo del Juzgado de lo Social número dos de Salamanca, en la que se reconocía a ACONSA la legitimidad activa para impugnar por ilegalidad la modificación del Convenio Colectivo de la Construcción de Salamanca.

Esta modificación establecía que los empresarios del sector tuvieran que abonar a sus trabajadores, tanto el plus compensatorio de formación como el plus de seguridad. Dicha sentencia avala, por tanto, la postura de anular ambos pluses, con el consiguiente ahorro para los empresarios del sector, por lo que no es necesario obtener ningún certificado para su tranquilidad.

ACONSA muestra su satisfacción con la resolución como representante de la mayoría de las empresas del sector, en su máxima de defender los intereses económicos de dichas empresas, e insta a Aescon, a Confaes y a UGT "a que no creen más barreras a organizaciones que se preocupan por trabajar por el bienestar del sector de la construcción en Salamanca".

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