El TSJ reconoce el derecho de los médicos interinos a ser considerados personal indefinido no fijo

Una sentencia de la sala de lo Contencioso-administrativo considera un abuso la contratación temporal repetida y un fraude en los términos en que lo describe el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Imagen de archivo de los profesionales del Sacyl
Imagen de archivo de los profesionales del Sacyl

Novedosa sentencia la que ha dictado la sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en torno al personal interino contratado en los últimos años en la Sanidad. 

En concreto, ha sancionado a la Junta por alargar los contratos temporales durante ocho años después de que hasta 18 médicos y enfermeros demandantes recurrieran la sentencia del Juzgado de Valladolid ante su despido y ha reconocido su derecho a ser considerados personal indefinido no fijo e indemnizado con 20 días por cada año trabajado. 

Según la sentencia, los demandantes fueron contratados como interinos, aunque cubriendo puestos temporales, durante los años 2007 y 2008, en principio para un plazo de tres años, cuando se debían convocar definitivamente las plazas. Sin embargo, su puesto se alargó hasta el 2015 sin que se les reconociera la condición de indefinido no fijo. 

Ante este recurso interpuesto después del fallo revocatorio por el Juzgado de Valladolid, el TSJ ha setenciado que, en efecto, se ha producido "una situación de abuso de la contratación temporal y un fraude en los términos en los que lo describe el Tribunal de Justicia de la Unión Europea". 

Se basa en que el contrato no puede sucederse en el tiempo ya que debían haberse convocado los procesos correspondientes. Además, añade que se buscaba satisfacer necesidades permanentes manteniendo la situación "de manera injustificada".

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