Así influirán los ERTE en la próxima declaración de la renta

Los trabajadores que hayan sufrido un ERTE por la pandemia, verán afectada su Renta del ejercicio 2020

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 Declaración de la renta. Foto de archivo EP
Declaración de la renta. Foto de archivo EP

Las personas trabajadoras que se hayan visto afectadas por un expediente de regulación de empleo temporal (ERTE), derivado de la crisis sanitaria del coronavirus, deberán tener en cuenta las consecuencias fiscales de esta situación extraordinaria en su próxima declaración de la Renta del ejercicio 2020, que tendremos que presentar entre abril y junio. Hay algunas formas de minimizar el posible impacto fisca, según informa el diario digital 20minutos:

Consideración y retenciones

Con independencia de la modalidad de ERTE (reducción de jornada y/o suspensión de empleo), la prestación percibida tiene la consideración de rendimientos del trabajo.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) avisa de que la retención sobre lo percibido será mínima o incluso inexistente: "Por la propia dinámica del abono de prestaciones en periodos de suspensión de relaciones laborales por procedimiento de regulación de empleo, es poco probable la retención a cuenta en concepto de IRPF, dado que los importes previstos no alcanzan el mínimo obligatorio exigido por las normas tributarias para la aplicación de retención".

¿Es obligatorio declarar?

La prestación recibida por el SEPE figurará como si fuera un pagador más, tal y como indica la Dirección General de Tributos en la Consulta Vinculante V1378-17, a la hora de hacer la declaración de la renta. Es decir, el trabajador habrá tenido al menos dos pagadores: su empresa y el propio SEPE.

La Agencia Tributaria establece que el contribuyente que tiene dos o más pagadores ha de presentar su declaración si sus rendimientos del trabajo superan los 14.000 euros y la cantidad pagada por el segundo pagador (y sucesivos) supera 1.500 euros.

Si la cantidad pagada por el segundo pagador (y sucesivos) no superasen los 1.500 euros y la suma total de ingresos se mantiene por debajo de los 22.000 euros, entonces no se estará obligado a presentar la declaración.

¿Cómo influye en el resultado?

El resultado de la declaración de la renta radica en buena medida en las retenciones que nos hayan practicado. En realidad, es un dinero que adelantamos a Hacienda a cuenta de lo que nos tocará pagar en la renta; si durante el año te han retenido de más, Hacienda te devolverá ese dinero y viceversa.

Por tanto, en una situación normal en la que la empresa ha ido aplicando al trabajador mensualmente una retención en concepto de IRPF en función de lo que cobra anualmente implica que, si se realiza la declaración, esta no salga a pagar o si sale a pagar el importe será muy pequeño porque ya hemos ido haciendo pagos a cuenta en cada nómina.

El problema viene cuando no se aplica esta retención del IRPF, como sucede en el cobro de la prestación que abona el SEPE: al no retenernos nada, esta cantidad que no nos han retenido tendrá que ser abonada a la hora de presentar la declaración de la renta.

En resumen, las prestaciones por ERTE harán por regla general que la declaración salga a pagar y, en caso de que salga a devolver, la cantidad será menor que en años anteriores.

¿Cómo reducir la cuantía?

Para rebajar esta futura factura fiscal, los contribuyentes deberán buscar alternativas antes del 31 de diciembre de 2020 para aumentar las desgravaciones. Una opción podría ser las aportaciones a planes de pensiones si tenemos dinero ahorrado o nos lo permite nuestra situación personal.

En conclusión, que nadie se confíe, ya que aunque en el pasado no tuviera obligación de presentar declaración de la renta por su nivel de ingresos, puede que este año por el ERTE esté obligado a presentarla y el resultado salga a pagar. 

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