Condenado a 14 años y medio de prisión por agredir sexualmente a una menor

Al acusado se le impone 8 años de libertad vigilada y la prohibición de comunicarse o aproximarse a la menor y a su madre en 20 años

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 Agente de la Guardia Civil
Agente de la Guardia Civil

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a 14 años y medio de cárcel a un joven de 23 años por agredir sexualmente a una menor de edad --de 14 años-- en agosto de 2017 durante las fiestas en Noia (A Coruña)

Según el fallo del tribunal, en la madrugada del día 5 de agosto de 2017, la menor estaba en unas fiestas en Noia con sus amigas y el acusado. Éste le dijo que "quería hablar con ella en privado", a lo que aceptó debido a la "relación de confianza" entre ambos, según refleja el fallo trasladado por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). En esta situación, el acusado la llevó "en volandas", añade, hacia una zona oscura donde la sujetó y abusó de ella.

El tribunal lo ha considerado culpable de "un delito de agresión sexual a una joven menor de 16 años" --tenía 14 en el momento de los hechos-- y ha tenido en cuenta la agravante de "obrar con abuso de confianza", precisa el fallo, ya que tenía relación familiar con la víctima.

Además de la pena de prisión, la Audiencia le ha impuesto "ocho años de libertad vigilada y la prohibición de comunicarse o aproximarse a la menor y a su madre durante 20 años".

También el imputado deberá indemnizar a la víctima, que tenía 14 años cuando sucedieron los hechos, con "50.000 euros por las lesiones que sufrió y daños morales".

'Buena relación'

El tribunal ha indicado que "no se aprecia en el testimonio de la menor sentimiento alguno de odio, resentimiento o venganza contra el procesado, con quien manifestó tener una buena relación previa por el parentesco que los unía y por el trato familiar que habían tenido durante años".

Asimismo, en el fallo judicial se apunta que la declaración de la joven ha sido "seria, creíble, consistente y persistente, sin que ellos se pueda asimilar a la repetición mimética, desde el primer momento, de todo lo ocurrido".

Los magistrados también han tenido en cuenta a la hora de sentenciar al acusado los informes de los médicos forenses que exploraron a la menor en urgencias, así como los estudios genéticos de las nuestras obtenidas en ésta, que han evidenciado la presencia de ADN masculino, "siendo los estudios de marcadores de cromosoma compatibles con las muestras obtenidas del condenado", concluyen.

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