Los concejales de Hacienda y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Béjar, Raúl Hernández y Pedro Manuel Esteban, acompañados de varios miembros del equipo de Gobierno, presentaron e informaron ante los medios de comunicación en qué va a consistir y cómo se actuará con la nueva ordenanza municipal contra la contaminación acústica. Para entenderla es necesario remontarse a la Ley del Ruido que aprobó en 2009 la Junta de Castilla y León, dando un plazo máximo de tres años a los ayuntamientos para promulgar ordenanzas municipales que desarrollaran dicha ley.

En 2011, el pleno del Ayuntamiento de Béjar aprobó provisionalmente una ordenanza en esta materia que no tuvo que hacer frente a ningún tipo de alegaciones. Así, hace casi un año, quedó aprobada de manera definitiva. El capítulo 6 de la ordenanza regula la actividad inspectora de vigilancia y control que se ejercerá de oficio o a petición de los ciudadanos. El artículo 41, en su apartado tercero, atribuye la condición de personal competente para realizar mediciones con sonómetros a los miembros de la Policía Local y los técnicos municipales que hayan superado los cursos formativos específicos.

 

Durante el año 2013, la totalidad de agentes del cuerpo de Policía Local de Béjar, así como técnicos, han realizado un curso formativo de estas características para realizar este tipo de mediciones. Además, el Ayuntamiento de Béjar adquiriría hace pocos meses un nuevo sonómetro homologado para realizar las mismas. Dado que el llevar a cabo estas mediciones supone un gasto de medios técnicos y humanos, se hace necesario en esta ordenanza el pago de la misma. Según apuntó el concejal de Medio Ambiente, quien produzca el exceso de contaminación acústica será el responsable de pagar el coste de la medición si ésta demuestra la infracción en la ordenanza sobre ruidos, sin prejuicio de la sanción que imponga.

 

Por otra parte, Raúl Hernández explicaba que la ordenanza fiscal bejarana en esta materia “es de nivel medio-bajo en comparación con otros municipios”. Además, determina la sanción que se impondrá en los casos en los que haya una denuncia por la contaminación acústica. Según indicó el concejal de Economía y Hacienda se pueden dar tres supuestos: el primero, que el Ayuntamiento detecte un foco de ruido y actúe de oficio determinando si en un punto determinado se está produciendo más ruido del permitido; el segundo, que alguna persona decida medir y utilizar los medios del Ayuntamiento para asegurarse que el índice de decibelios está dentro de lo que establece la normativa y en cuyo caso debería pagar el coste de la medición; por último, que una persona proceda a denunciar a otra persona o empresa por las altas emisiones de ruido y que vulneran la ley.

 

Para este último caso, si las mediciones llevadas a cabo por el personal del Ayuntamiento de Béjar dieran un nivel normal, no se cobraría la medición ni habría sanción. Sin embargo, si la denuncia se vuelve a producir y el nivel vuelve a dar dentro de la legalidad, se cobraría al denunciante el coste de la medición que asciende a un mínimo de 250 euros por el uso de este servicio que además incluiría los gastos del uso de los materiales como el personal que se traslade a efectuar las mediciones. Para realizar el trabajo, según fuentes municipales, es necesario que acudan al foco del ruido un mínimo de tres personas. Una que mida el foco de emisión de ruido, otra que mida el nivel de ruido desde el sitio donde se ha hecho la denuncia y una tercera que controle la calle para evitar que ruidos externos influyan en la medición llegando a cortar la circulación momentáneamente en el caso de que fuera necesario. Si resulta que la medición diera como resultado un volumen alto de decibelios y se incumpliera la ley, la persona denunciada deberá hacerse cargo de los gastos de la medición y del importe de la sanción, que dependiendo de la zona, el horario y otros factores como la reincidencia, irá desde 30 hasta los 7.000 euros.

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