El Ayuntamiento de San Felices de los Gallegos aprobó el modificar la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por otorgamiento de licencias urbanísticas en el término municipal en cuanto a lo que se refiere a los actos de edificación y uso del suelo. Así pues, la cuota tributaria que constituye la base imponible de la tasa de licencia urbanística se sitúa en 30 euros. Dependiendo de si la licencia es de primera ocupación, de actividad, de apertura o de comunicación varía siendo de 60, 30, 60 y entre 20 y 60 euros respectivamente. En cuanto a la licencia urbanística de segregación y parcelación la cuota tributaria será de 60 euros en ambos casos.

 

Además, el Ayuntamiento informa que la obligación de contribuir comienza cuando se presenta la solicitud de la licencia urbanística. Si se da el caso de que las obras se hayan iniciado sin haber obtenido la oportuna licencia, la tasa se devengará cuando se inicie la actividad municipal conducente a determinar si la obra es o no autorizable. Las nuevas tasas serán aplicables desde hoy, jueves 26 de septiembre, hasta su modificación o derogación expresa.

 

El Ayuntamiento también modifica las tasas por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situadas en terreno de uso público e industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico

 

El Ayuntamiento también modifica las tasas por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situadas en terreno de uso público e industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico aplicando diversos impuestos. En el caso de puestos, barracas, casetas de venta espectáculos, industrias callejeras y mercadillos se establece un impuesto por puesto y día de tres euros y un impuesto por puesto y trimestre de 30 euros. Para las atracciones que se instalan con motivo de la celebración de las fiestas patronales, la tarifa será de 19 euros por puesto al día en aquellas que excedan de los 30 metros cuadrados; las que lo superen, deberán pagar un total de 15 euros por puesto al día. Los espectáculos circenses y teatrales pagarán 0,10 euros por metro cuadrado que ocupen al día. En el último supuesto, dedicado a posibles rodajes cinematográficos, se establece una tasa de 30 euros al día.

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