El objeto de esta nueva ordenanza para regular la gestión de ingresos de derecho público municipales “es la de regular aquellos aspectos comunes a diversas ordenanzas fiscales evitando así la reiteración de las mismas; por otro lado, regular las materias que precisan de concreción o desarrollo y recopilar las normas y procedimientos para el interés general”, según aseguran fuentes municipales.
Entre otras cosas, el Ayuntamiento de Cabrerizos ha fijado que la gestión recaudatoria de los créditos tributarios y demás de derecho público municipales se llevará a cabo por los órganos y personal adscrito al mismo el ejercicio de competencias y funciones según lo previsto en su Reglamento Orgánico y Funcional. Por otra parte, la recaudación de tributos y de otros ingresos de derecho público municipales se realizará en periodo voluntario a través de las entidades colaboradoras. En el caso de los recibos de vencimiento periódico, la notificación, que podrá ser utilizada como documento de pago, se remitirá por correo ordinario o cualquier otro medio reglamentariamente aprobado.
Finalmente, en el supuesto de tributos de vencimiento periódico, una vez notificada el alta en el correspondiente registro, las cuotas sucesivas deberán ser satisfechas en los plazos fijados en el calendario de cobranza sin que sea oponible al inicio de la vía de apremio la no recepción del documento de pago. El pago de las deudas en período ejecutivo se realizará en el Ayuntamiento, o en su caso a través de las entidades colaboradoras en las condiciones y plazos determinados en el documento que se remitirá al domicilio del deudor.
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