En el auto se argumenta que los denunciantes en la presente causa, la Plataforma Defensa de Villamayor, representada por Luis Holgado Lopo en su condición de presidente, no son “perjudicados ni ofendidos directos” del delito que se trata de perseguir.
Además, el auto recoge que “existe un incuestionable interés general de todos los ciudadanos” en que los órganos de la Administración del Estado en general y de las demás Administraciones Públicas en particular, respondan a criterios de legalidad y efectividad, con lo que se refuerza el Estado de Derecho y la confianza de los ciudadanos en las personas que por representación o por cualquier otra causa ejerciten funciones de relevancia e interés general. Por lo tanto, estipula que si se decide continuar en el proceso, deben aportar la fianza en metálica, consignada y en el plazo de cinco días desde la notificación de esta resolución.
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