Berkeley Minera España S.A., filial de la compañía australiana Berkeley Resources Ltd., pretende aprovechar dentro de la comarca salmantina del Campo Charro una concesión de explotación de 2.517 hectáreas para la extracción y procesado de mineral de uranio por lixiviación estática, entre los términos municipales de Retortillo y Villavieja de Yeltes. El proyecto, denominado "Retortillo-Santidad", implicará un movimiento de tierras superior a los 200.000 metros cúbicos anuales, cinco megavoladuras a la semana y el procesado de 2.000.000 de toneladas/año de mineral de baja ley, del que se preveen la extracción 1,5 millones de libras de óxido de uranio al año (aproximadamente 675 toneladas). La explotación, prevista para 11 años (incluyendo las tareas de preparación, producción, restauración y clausura), estará dividida en dos zonas: la de Retortillo (2,7 kilómetros de longitud por 580 metros de anchura) y la de Santidad (de 1,6 kilómetros de longitud por 310 metros de anchura).

La empresa ha invertido hasta la fecha más de 43 millones de euros en estos proyectos y de aquí a final de año la inversión estará próxima a los 50 millones de euros. La inversión total de Berkeley en este proyecto superará los 364 millones de euros durante la vida de la explotación, entre inversión inicial, gastos operativos y cantidades destinadas a la restauración de la zona de explotación. La compañía mantiene un fuerte compromiso con las comunidades en donde se ubican los yacimientos: Retortillo, Villavieja de Yeltes. La apuesta por el empleo es el signo más evidente de este compromiso. En la oficina de la empresa en Retortillo trabajan ya más de 30 personas, y, una vez que los yacimientos entren en producción, el empleo directo y permanente ascenderá a 196 personas, a los que habrá que sumar los indirectos, que según recientes estudios de la Universidad de Salamanca, para este tipo de proyectos, suponen un ratio indirecto/directo de 5,2 a 1, lo que supone que algo más de 1.000 personas estarán empleadas en el proyecto.

Berkeley estaba a la espera del informe de impacto ambiental que debía emitir la Junta de Castilla y León en relación a la actividad de extracción de uranio. Este martes, 8 de octubre, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente ha declarado favorable el desarrollo del proyecto referido. No obstante, siempre y cuando se cumplan las declaraciones que se establecen en la declaración de impacto ambiental. Así pues, la actividad minera no deberá causar perjuicio a la integridad de los lugares incluidos en la Red Natura 2000, como es el caso de los ríos Huebra, Yeltes, Uces y sus afluentes. Además, el proyecto deberá ser compatible con el Plan de Recuperación de la cigüeña y respetuoso con otras especies. Una vez resultado el informe de impacto ambiental favorable, Berkeley deberá solicitar y obtener las perceptivas autorizaciones (licencia ambiental, autorización de la Confederación Hidrográfica del Duero y Subdeñegación del Gobierno) antes de iniciar la actividad minera. Por otra parte, también se habrá de requerir las licencias referentes a los accesos por carretera hasta la zona de explotación.

Recomendaciones de la Junta: medidas protectoras

 Los suelos del área a ocupar, conforme vaya avanzando la explotación, deberán retirarse de forma selectiva, retirando la tierra vegetal para su acopio y posterior utilización en la restauración. Los acopios de tierra vegetal se realizarán en cordones de reducida altura, menos de 2 metros, y se ubicarán en zonas llanas de escasa pendiente para evitar la compactación y el arrastre por escorrentía de los finos y sustancias nutrientes. La tierra vegetal deberá emplearse lo antes posible en las labores de restauración, protegiéndola en cualquier caso de su degradación o pérdida por erosión, para lo cual, se llevarán a cabo los trabajos de mantenimiento necesarios para evitar el deterioro de sus características físicas y biológicas, mediante siembra y abonado. En el caso que esta reserva de tierra vegetal no sea suficiente para la creación del suelo se deberá realizar aporte exterior de la cantidad de suelo fértil necesario para los fines pretendidos.
 
Se deberán realizar las infraestructuras necesarias de drenaje e intercepción de aguas de precipitación y escorrentía (cunetas perimetrales) de las pistas de acceso y frentes de la explotación, así como la red de balsas de decantación en las que confluyan dichas infraestructuras. Será necesario el mantenimiento y limpieza periódica de estas infraestructuras para asegurar su funcionamiento óptimo, garantizándose el cumplimiento de las normas de calidad de las aguas. Se evitarán las posibles fugas de las balsas de decantación mediante la impermeabilidad de las balsas, en caso de producirse fugas se tomarán las medidas necesarias para que no afecten a los cauces. Se evitará el arrastre de materiales sueltos a cursos de agua superficiales durante los movimientos de tierras, estableciendo medidas especiales para la no afección al río Yeltes y al arroyo Caganchas.

Dentro del sistema de gestión de las aguas de explotación se habilitará un procedimiento que garantice que el régimen hidrológico del río Yeltes no se vea alterado debido a desagües atemporales. Las condiciones serán tales que no modifiquen sustancialmente el régimen hidrológico natural del río, con el fin de no afectar a la Sarda salmantina. Se mantendrá en perfecto estado toda la red de drenaje de la instalación, se evitará en todo momento la salida de aguas con posible contaminación sin tratar fuera de la explotación. Y se instalará una red de piezómetros para el control de las aguas de las balsas (al menos 4) equipados con registradores automáticos para el control de las posibles filtraciones que puedan producirse. El resultado de los análisis se incluirá como informe anual en el Programa de Vigilancia Ambiental, siendo comunicada cualquier anomalía en un plazo no superior a 24 horas al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca y a la Confederación Hidrográfica del Duero, indicando las medidas correctoras adoptadas por el promotor.

 
Las obras de instalación de la cinta transportadora para el mineral de la zona de Santidad, incluyendo la construcción de los pilares y elementos auxiliares, se ejecutarán en la época menos sensible para las especies de fauna protegida, en especial para la Cigüeña negra, que es la comprendida entre el 1 de octubre y el 15 de febrero. Los pilares que elevan la cinta transportadora no se ubicarán en el cauce. Para conseguir una protección efectiva de la avifauna presente en la zona, el promotor presentará anualmente un plan de voladuras, con el fin de establecer el calendario de las mismas. Dicho plan deberá contar con el visto bueno del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca.
 
Para las especies de fauna catalogadas como 'En Peligro de Extinción' y 'Vulnerable', identificadas en la zona del proyecto, es decir: Milano real, Cigüeña negra, Alimoche, Murciélago grande de herradura y Murciélago de cueva, especies citadas como presentes en el formulario oficial del LIC y ZEPA con los que el proyecto presenta coincidencia territorial, se realizará un estudio de caracterización y seguimiento durante el período de explotación de sus poblaciones en el marco territorial de los términos municipales por los que discurre el LIC (ES4150064) «Riberas de los ríos Huebra, Yeltes, Uces, y afuentes» y la ZEPA (ES0000247) «Riberas de los ríos Huebra y Yeltes» aguas abajo de la explotación, hasta el límite con el Parque Natural Arribes del Duero, añadiendo, inicialmente, los términos municipales colindantes a Retortillo y Villavieja de Yeltes. Es decir, Saldeana, Villasbuenas, Encinasola de los Comendadores, Guadramiro, Cerralbo, Yecla de Yeltes, Bogajo, Moronta, Pozos de Hinojo, Villares de Yeltes, Fuenteliante, Olmedo de Camaces, Villavieja de Yeltes, Retortillo, Boada, Martín de Yeltes y Sancti-Spíritus. No obstante, este ámbito debería ser ampliado, a requerimiento de la Dirección General del Medio Natural, si así lo aconsejaran los resultados provisionales de los estudios.

Dada la coincidencia del proyecto con el yacimiento «Las Eras del Sierro», el trazado de la cinta transportadora se desplazará 10 m al noreste con el fin de preservar dicho yacimiento. En el caso de que se justifique la imposibilidad de modificar el trazado se prescribe el balizamiento del túmulo en un radio de 10 m alrededor de su límite exterior, así como la excavación de sondeos arqueológicos coincidiendo con las zapatas que se sitúen a menos de 100 m del límite exterior del yacimiento, con el fin de determinar la incidencia de las obras sobre el bien, conforme al artículo 80 del Decreto 37/2007, de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

 

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