Nuevo paso administrativo para la declaración de BIC del Bordado Serrano

Durante un mes los interesados podrán presentar las alegaciones al expediente y después de este tiempo se llevará a cabo la aprobación del mismo

El tradicional Bordado Serrano
El tradicional Bordado Serrano

Nuevo paso adminstrativo para la declaración del Bordado Serrano como Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial. El Boletín Oficial de Castilla y León publica información al expediente para abrir el periodo de alegaciones durante un mes. Tras este tiempo y, una vez estudiadas las alegaciones, se procederá a la incoación definitiva del mismo y por tanto, el Bordado Serrano podrá ser declarado BIC. El expediente en cuestión se encuentra disponible para su consulta en la plataforma del Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León a través del siguiente enlace: https://servicios.jcyl.es/pweb/datos.do?numero=2216252&tipo=Inmaterial&ruta=

Teniendo en cuenta la situación de crisis sanitaria originada por el COVID-19, la consulta física al expediente solo se podrá realizar en el Servicio Territorial de Cultura y Turismo de Salamanca, en el Edificio Administrativo de Usos Múltiples (ESAUM) C/ Príncipe de Vergara, 53-71, C.P. 37003, previa concertación de cita en el teléfono 923 296 001.

En la declaración se define como objeto de la declaración el bordado popular de la Sierra de Francia, entendido como el conjunto de conocimientos y técnicas tradicionales, transmitido de madres a hijas y/o por reconocidas bordadoras, quienes expresan valores compartidos por la comunidad portadora en sus motivos, composiciones y usos. Es un conjunto de elementos intangibles y simbólicos que transciende la mera materialidad del bordado popular, expresión de la creatividad e identidad de la comunidad portadora, creador de vínculos de unión entre mujeres de grupos de edad y clases sociales diferentes, que justifican su declaración como bien de interés cultural inmaterial.

La participación, percepción y valoración de la comunidad creadora y recreadora de esta tradición, ha convertido al bordado serrano en un bien representativo de su propia identidad cultural, que por su autenticidad e integridad merecen la máxima consideración, la declaración de bien de interés cultural de carácter inmaterial.

Respetando los procesos de cambio que, como patrimonio vivo y sin pervertir su esencia, decida la comunidad depositaria de esta tradición y auténtica protagonista de esta manifestación cultural, la administración competente en materia de patrimonio velará por su normal desarrollo, tutelando su continuidad y custodia, así como la salvaguarda y preservación sostenible de este patrimonio vivo.

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