Regtsa flexibiliza y aplaza el pago a los colectivos perjudicados por el coronavirus

Pospone hasta mayo el segundo periodo de cobro y amplia el plazo para abonar los recibos de dos a tres meses

 Regtsa IMG 3563
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El Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación de Salamanca (Regtsa) ofrece flexibilidad y aplazamiento en el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias a aquellos colectivos que se hayan visto afectados por el parón económico generado por la crisis del Covid-19.

En palabras del presidente de la Diputación, Javier Iglesias, con estas medidas se pretende adaptar la institución y ser flexible con los más perjudicados por el parón económico del Covid-19, entre los que se encuentran numerosos empresarios y trabajadores de la provincia y, al mismo tiempo, que los ayuntamientos puedan contar con recursos evitando la merma de tesorería en las arcas municipales.

Por un lado, teniendo en cuenta que ya se puso a cobro el primer periodo de 2020 de tasas y precios públicos, Regtsa pospondrá hasta mayo el segundo periodo de cobro y ampliará el plazo para abonar los recibos de dos a tres meses. Con estas modificaciones, el calendario fiscal quedará de esta manera:

? Segundo periodo (IVTM, tasas y precios públicos): 4 de mayo a 31 de julio.

? Tercer periodo (IBI, tasas y precios públicos): 1 de junio a 31 de agosto

? Cuarto periodo (IBI segundo plazo para los ayuntamientos que lo tienen establecido, IAE, tasas y precios públicos: de 1 de septiembre a 30 de noviembre).

En el caso de los ayuntamientos que tengan establecido el pago del IBI en dos plazos, estos coincidirán con el tercer y cuarto periodo, es decir, se iniciará el 1 de junio y finalizará el 30 de noviembre.  Por otro lado, se pondrá en marcha un sistema de aplazamiento y fraccionamiento exprés en voluntaria para contribuyentes en estas circunstancias:

? Contribuyentes que formen parte de empresas que hayan cesado su actividad durante alguno de los periodos del estado de alarma.

? Empleados que hayan sido incluidos en algún proceso de regulación de empleo como ERTEs.

? Unidades familiares que hayan sufrido la pérdida de alguno de sus miembros como consecuencia del Covid-19.

Para agilizar la tramitación de los aplazamientos o fraccionamientos, solo se exigirán dos requisitos. Por un lado, la declaración responsable de que se encuentra en alguno de los supuestos contemplados y la domiciliación bancaria de los pagos.  No será necesario la aportación de ninguna garantía para deudas inferiores a 30.000 ?.

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