La Audiencia Provincial de Salamanca absuelve a J.R.G. por un delito continuado de apropiación indebida y estafa durante el desarrollo de su actividad profesional como gerente de la empresa Turra Centro Equestre. La sentencia no es firme ya que todavía puede interponerse un recurso de casación.

La vista oral contra el acusado tuvo lugar el pasado 18 de marzo con una petición de pena inicial del Ministerio Fiscal de 3 años, 6 meses y un día de prisión, así como una indemnización de 253.362 euros -el valor de 14 caballos de Pura Raza Española-.

El tribunal establece en la sentencia -facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León- que "de ahí que concluya la Sala que la afirmación de que el sr. Rodríguez Sánchez permitió o autorizó, en su día, que el acusado registrara a su nombre determinados animales y que ello podía responder a una retribución extraordinaria para lograr la implicación de éste último en la empresa, aparezca como verosímil y razonable, ya que, a fin de cuentas, el contrato de trabajo suscrito entre ambos (folios 22 a 24) en su cláusula 4ª establecía junto a una retribución fija de 48.000 euros, otra variable -a partir del año de funcionamiento de la sociedad- en concepto de “incentivo” y concretada en un porcentaje de los beneficios que se obtuvieran de la explotación...,dato incontestable por mucho que se haya tratado de negar, pueril o mendaz mente, por diversos testigos o empleados de la empresa...".

También se afirma en la sentencia que "lo cierto y verdadero es que esos caballos, -sea o no cierto que éste último los puso a su nombre sin el consentimiento de la empresa-, no se los llevó aquél al abandonar sus instalaciones, al contrario: los dejó, física y materialmente, en éstas, que es tanto como decir en poder de quien ahora le acusa y se los reclama".

Vista oral

El acusado afirmó en el jucio que el que fuera fundador y presidente del grupo MRS, Mariano Rodríguez, fue a buscarle expresamente hasta Zafra -su localidad natal- para que se hiciera cargo de una nueva empresa Turra Centro Ecuestre S.L. Así, alegó que en su contrato además de establecerse una cantidad de 48.000 anuales -que afirmó nunca llegó a recibir- se le daría participación en la empresa y una aportación por beneficios. J.R.G. explicó que como "no llegaban los ingresos me ponían los caballos a mi nombre" y que fue en todo momento decisión de Mariano Rodríguez este hecho.

 
Una vez que en 2010 el acusado fue despedido "le pedí a la empresa que me devolviera mis caballos", aunque asegura que nunca se los dieron. Sin embargo, reconoció a la acusación particular que el pago en especie -en este caso en caballos- no los declaró en la Declaración de la Renta. El acusado manifestó que a él lo contrataron como experto pero que "todo pasaba por las manos de Marinao Rodríguez, yo no tenía poder ninguno en la empresa, solo le asesoraba en la compra de caballos, daba clases y cuando hacía falta limpiaba las instalaciones".
 
La acusación particular afirmó durante la vista oral que en el registro de Pura Raza Española la empresa Turra Centro Ecuestre S.L. no tiene ningún caballo a su nombre y sin embargo sí lo tiene Caballos Turra, una ganadería que afirmó la acusación ser propiedad del acusado. Sin embargo, J.R.G. descató que el que pagó los caballos tuvo que aportar las facturas para ponerlos a su nombre, ya que alegó que no pudo ser él mismo el que los inscribiera sin permiso. 
 
El entonces generente del centro ecuestre afirmó que los primeros años de funcionamiento de la empresa -inició su actividad en 2006- fueron muchos los espectáculos que se hicieron y se impartieron bastantes clases de hípica. Además, declaró que Mariano Rodríguez en persona era el que pagaba simpre los caballos con un talón.

Sin documentación
 
El primero de los testigos fue el encargado de elaborar, junto a otro trabajador, un inventario de los animales después de haber despedido al acusado. Afirmó que como carecían de la documentación de los caballos -porque presuntamente el acusado se la llevó-  solo pudieron junto a un veterinario y con las facturas de compra marcar a los caballos que se encuentran en la finca. 
 
Por otra parte, los dos testigos encargados de elaborar el inventario afirmaron que un experto les aseguró que los caballos que hay en la finca no tienen el valor que figura en las facturas de compra. 
 
 
 

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