Un varón será investigado por un presunto delito de odio tras proferir insultos racistas a un niño de la UD Santa Marta de Tormes en un partido que disputaba contra el Carbajosa de la Sagrada de categoría alevín en abril de 2024.
En un comunicado remitido a los medios de comunicación desde el TSJCyL, se informa que la Audiencia Provincial de Salamanca ha decidido reabrir esta causa contra un varón investigado por proferir insultos a un niño tales como “puto negro” o “puto moro”.
La causa se reabre después de que el Juzgado de Instrucción número 4 de Salamanca decidiera archivarla al considerar que los hechos “no eran constitutivos de delito”.
Sin embargo, los magistrados de la Audiencia Provincial ordenan tomar declaración como investigado a este individuo considerando que las expresiones antes mencionadas,” que profirió el adulto en presencia de padres y espectadores y recogidas por el acta arbitral”, exceden los límites de la libertad de expresión y “podría ser constitutivas de un delito de odio”.
El proceso se ha reabierto después del recurso de Fiscalía ante la decisión del juzgado antes mencionado. Insisten en que no estamos ante la manifestación de una opinión o de una aseveración incitadora a actuar contra un grupo de personas, sino ante una acción de violencia verbal dirigida a una persona concreta, con un contenido que, de integrar el desvalor que fija la norma, no puede estar amparada por el derecho a la libertad de expresión".
En ese sentido añaden que "las expresiones proferidas, en un ámbito deportivo, es decir, en un entorno de aprendizaje de la tolerancia y el respeto, pueden revestir, en esta fase procesal, un mensaje de intolerancia, de intransigencia y de violencia verbal, con clara conciencia y voluntad de atentar contra la dignidad personal de un niño de 9 años".
Ataque a la dignidad y “una expresión de intolerancia incompatible con la convivencia”
En el mismo comunicado, fuentes del TSJCyL aseguran que la Sala ha considerado que las expresiones vertidas contra el niño, de una forma, en principio, despectiva por la raza, origen o nacionalidad, “atendiendo al tono y a la exposición pública en las que se vertieron”, pueden constituir un ataque a su dignidad y una expresión de intolerancia “incompatible con la convivencia”.
En ese sentido, consideran que, “por muy acalorado que pudiera estar por un lance del fútbol”, dirigirse en público a un niño de 9 años, que está disputando un partido de fútbol con sus compañeros menores de edad, expresiones como “puto negro” y “puto moro” -expresiones oídas perfectamente por los presentes-, pueden exceder a lo que se considera “una reacción emocional fruto de un acaloramiento, pudiendo resultar objetivamente humillantes y tener una clara connotación discriminatoria, con capacidad para lesionar gravemente la dignidad de su persona”, apuntan desde la Sala.
Por estos motivos, la Audiencia Provincial ha estimado el recurso de apelación del Ministerio Fiscal, revocando la resolución recurrida, y ordenando al Juzgado instructor a “profundizar en la investigación de los hechos ante la existencia de indicios de un delito del artículo 510.2, en su modalidad de lesión a la dignidad por motivos racistas”:
Por último, la Sala ordena tomar declaración al denunciado en calidad de investigado y citar y oír a los testigos identificados en el proceso.
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