Las principales novedades del nuevo Reglamento General de Protección de Datos

Existirán más derechos para el usuario, mientras que tendrán un mayor control sobre los datos personales debido a que deben prestar un consentimiento inequívoco. Se reforzará también el poder de las autoridades nacionales de protección de datos

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Desde este 25 de mayo se aplica el nuevo Reglamento General de Protección de Datos, una normativa aprobada hace ahora dos años, y que establece un marco europeo que regula los derechos de los ciudadanos en materia de privacidad y protección de datos.

La Organización de Consumidores y Usuarios recuerda por ello las principales novedades y los cambios que la aplicación definitiva que este reglamento tiene para los consumidores en sus múltiples relaciones con las entidades que tratan los datos de carácter personal. 

Así destacan los nuevos derechos de manera que con el nuevo reglamento se amplían en materia de protección de datos. Los anteriores derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de datos se amplían ahora. Por ejemplo, el derecho de supresión, más conocido como derecho al olvido, es más completo que el anterior de cancelación, y permitirá a los consumidores en determinadas circunstancias exigir a las empresas suprimir sus datos personales, incluyendo el “olvido digital” o eliminación por el responsable del tratamiento de cualquier enlace a esos datos personales o copia que haya hecho públicos.

También se reconoce  el derecho a la portabilidad de los datos, que permitirá a voluntad del consumidor recibir en formato electrónico los datos personales que de él tengan, así como pedir que se trasladen de una empresa a otra. En el nuevo Reglamento también se amplían el derecho a la transparencia en la información y el derecho a limitar el tratamiento de los datos personales.

Por otro lado, los consumidores van a tener un mayor control sobre sus datos personales, debido a que a partir del 25 de mayo deben prestar un consentimiento “inequívoco”, mediante una declaración o una clara acción afirmativa, para que sus datos puedan ser recogidos y tratados. 

También debido a la mayor transparencia e información que las empresas tendrán que proporcionar sobre el tipo de datos que recogen y los fines para los que lo hacen, cesiones a terceros, duración en la conservación de los datos, entre otros aspectos. Cuando junto a la petición del consentimiento para el tratamiento de datos se incluyan también otros asuntos, por ejemplo, las condiciones de contratación para la formalización de un contrato, la solicitud de consentimiento deberá presentarse de un modo que se distinga claramente de los demás asuntos, de forma inteligible y de fácil acceso y utilizando un lenguaje claro y sencillo.

Se reforzarán, por último, el poder de las autoridades nacionales de protección de datos para hacer cumplir la normativa en este ámbito. A modo de ejemplo las autoridades nacionales de protección de datos podrán imponer multas a las empresas que incumplan sus obligaciones en materia de protección de datos, que para las infracciones más graves pueden llegar a los 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio.

Para OCU el nuevo Reglamento permite una protección más eficaz de la privacidad de los ciudadanos. Una privacidad cada vez más amenazada por la actuación de algunas empresas, que incumpliendo sus obligaciones han causado un serio perjuicio a los usuarios.

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