La Asociación Hábeas Corpus de Béjar denuncia que el Ayuntamiento evitar facilitar las cuentas reales de La Covatilla

"Con la información que nos proporciona el Ayuntamiento resulta imposible tener la certeza de un hipotético resultado económico y, lo que es más importante, hasta qué punto la estación se mantiene con los impuestos de los ciudadanos", afirman desde la asociación

 Sierra de Bejar la Covatilla 482325 i0
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La Asociación Hábeas Corpus-pro Derechos del Ciudadano y contra la corrupción ha denunciado este martes, 20 de junio, que el Ayuntamiento de Béjar "evita facilitar las cuentas reales de la estación de esquí de La Covatilla".

Según señalan desde la asociación, "la solicitud presentada por Hábeas Corpues especificaba claramente que, con objeto de comprobar que los recursos públicos son correctamente empleados y en aras a la transparencia que debe guiar toda actuación de sus gestores, se nos facilite copia de dichas cuentas oficiales, con reflejo de todas las partidas aplicables a los gastos y los ingresos”.

Pero la información proporcionada "recoge la liquidación de las partidas presupuestarias, que no es lo mismo que las cuentas (cuentas consolidadas, de acuerdo con el Plan General de Contabilidad para las Administraciones públicas) por lo que resulta imposible tener la certeza de un hipotético resultado económico y, lo que es más importante, hasta qué punto la estación se mantiene con los impuestos de los ciudadanos", estiman.

"La respuesta (desde el punto de vista formal y en orden a garantizar el cumplimiento de todos los requisitos legales que deben tenerse en cuenta en el proceso) debería haberse sustanciado en un documento o informe con las cuentas consolidadas, elaborado por la Comisión Especial de Cuentas y avalado por los Servicios Económicos municipales, Intervención y Tesorería, en el que se reflejen con exactitud todos los gastos directos e indirectos, que afectan al servicio, así como su correcta aplicación presupuestaria.

Tal y como se presenta la información, a través del estado de ejecución presupuestaria, con partidas de gastos de carácter global, mezclando temporadas de esquí en un mismo ejercicio y sin el más mínimo desglose, es imposible comprobar que están contemplados todos los costes directos e indirectos. No se puede saber, por ejemplo, si se contemplan los gastos de administración y gestión de recursos humanos. Unos gastos que deberán ser elevados, teniendo en cuenta que se trata de un “servicio” que implica una elevada complejidad administrativa en diferentes secciones, con ochenta puestos de trabajo, con compra de suministros, compra y venta de mercaderías y con un volumen de negocio anual de dos millones de euros.

Lo mismo sucede con los costes financieros (por ejemplo, la comisión por intermediación en los pagos con tarjeta de crédito), los costes variables, o los eventuales gastos extraordinarios, que no están recogidos en el presupuesto. Asimismo, tampoco hay constancia de que se tenga en cuenta el coste de los trabajos realizados en la estación de esquí por otros departamentos municipales, como el Parque de Bomberos, electricistas, fontaneros, albañiles, etc.

Además, algunas partidas resultan ser palmariamente insuficientes, a no ser que se deriven gastos a otros ejercicios. Este el caso, por ejemplo, de los seguros, para los que la cantidad asignada en la partida apenas basta para cubrir la prima del seguro de esquiador y, como mucho, del S.O.V. ¿Qué pasa con el resto de los seguros que se deben suscribir para el conjunto de las instalaciones de la estación de esquí: seguro de Responsabilidad Civil, seguro de todos y cada uno de los vehículos, seguro para los trabajadores reconocido en el Convenio Colectivo o seguro para la cobertura del inmovilizado, edificios, maquinaria e instalaciones? Más sorprendente es la cifra de 729’63 euros realizados en 2016, dentro de la partida Publicidad y Propaganda. ¿De dónde salieron los fondos para la participación en ferias o los anuncios en prensa (de los que hay numerosa referencia a lo largo de todo el año) entre otros gastos directos e indirectos que se deberían asignar a esta partida?

Finalmente y como muestra de que la liquidación presupuestaria no puede ser equiparable a las cuentas consolidadas, es llamativo que el estado de ejecución de las partidas presupuestarias en el ejercicio de 2015 incluya como una partida de gasto la totalidad del importe sufragado para la adquisición de los bienes inmuebles liquidados por la anterior sociedad concesionaria (740.845’00 euros). Este gasto, aunque el presupuesto lo soporte, no podría considerarse como coste de explotación, ni aplicarse en su totalidad, a un sólo ejercicio en las cuentas de cualquier empresa, como las que explotan el resto de las estaciones de esquí españolas, sean públicas o privadas. ¿Quizá se trata de camuflar el hecho de que una tasa, por ley, no puede tener un precio superior a su coste?

Un examen más detenido de la información aportada podría demostrar que el sistema de “gestión directa de un servicio” adoptado por el Ayuntamiento de Béjar para unas instalaciones que llevan a cabo una actividad de carácter eminentemente mercantil y en competencia directa con la empresa privada, no se ajusta a lo que la legislación vigente permite; lo que ocasiona numerosas contradicciones (como las que se han puesto de manifiesto) no sólo de orden legal, sino también fiscal y contable. Pero también podría llegar a considerarse como una “maniobra” para eludir la debida transparencia que debe presidir toda actuación de las Administraciones públicas.

Por todas estas razones, la asociación vuelve a solicitar que el Ayuntamiento de Béjar facilite las cuentas consolidadas de la estación de esquí, si es que existen, para poder comprobar que la actuación municipal para gestionar La Covatilla se desarrolla de acuerdo con la legislación vigente, ya que, de lo contrario, podríamos estar hablando de prevaricación y malversación.

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