Los sindicatos de prisiones modifican los días de huelga e Instituciones Penitenciarias recuerda que no pueden

Trasladaron los días 6, 8, 13 y 15 de noviembre a cuatro días consecutivos desde el 10, algo "claramente ilegal" y advierten de consecuencias penales y disciplinarias

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Instituciones Penitenciarias ha advertido a los sindicatos convocantes de la huelga en prisiones de que es "claramente ilegal" modificar sin el preaviso de los diez días naturales las jornadas en las que protestarán para reclamar mejorar salariales, por lo que las diferentes cárceles tendrán que trasladar a los funcionarios que deben prestar el servicio habitual los días 10, 11, 12 y 13 de noviembre.

Así consta en una resolución que firma el secretario general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz González, con fecha de 2 de noviembre. En el escrito se refleja que los sindicatos ACAIP, CCOO, CSIF, UGT y CIG han registrado ese mismo día a las 8.43 horas de que modificaban las jornadas de huelga previstas para el 6, 8, 13 y 15 de noviembre --ya lo hicieron el 24 y 26 de octubre--. Su idea es hacer huelga, pero los días 10, 11, 12 y 13 de noviembre.

"Teniendo en cuenta que, a tenor de lo previsto en el artículo cuatro del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, el preaviso de comienzo de la huelga debe producirse, al menos, con diez días naturales de antelación y este condicionante legal no se ha cumplido, esta supuesta nueva convocatoria es claramente ilegal".

Consecuencia penal y disciplinaria

Por este motivo, desde el organismo dependiente del Ministerio del Interior se transmite a todos los centros que deberán comunicar por escrito a los empleados públicos que prestan servicio los días 10, 11, 12 y 13 de este mes que "una posible participación en esa supuesta nueva convocatoria de huelga podría acarrear consecuencias en el ámbito penal y disciplinario, sin que deba olvidarse, a estos efectos, que el penitenciario es un servicio público esencial".

Las direcciones de los centros mantienen de esta forma "la determinación de servicios mínimos" para las fechas y turnos indicados en la resolución de la Secretaría General del 17 de octubre de 2018, después de que se convocara en tiempo y forma la huelga que promueven ACAIP, CCOO, CSIF y CIG.

No obstante, y a pesar de mantener que la modificación de los días de huelga es "ilegal", desde la Secretaría General de Prisiones se alega que su deber es "prever la necesidad de hacer frente a eventuales circunstancias sobrevenidas" y que, por este motivo, se establecen servicios mínimos para los días 10, 11, 12 y 13 de noviembre, que son los mismos que se remitieron el pasado 17 de octubre.

Esta medida contempla que no se designen servicios mínimos en peculio, vestuario y economato en el Servicios de Oficinas del turno de mañana, así como en el de mañana y tarde para el caso del servicio en talleres. Sin embargo, se incrementará el número de personal tanto en la tarde como en la mañana para garantizar los mínimos reglamentarios en comunicaciones, visitas y recepción de paquetes, dado que se trata de un servicio esencial de acuerdo a la legislación. Las comunicaciones orales se fijan en un mínimo de 40 minutos. 

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