Por lo tanto, los radares móviles aplican un margen de error de 7 kilómetros por hora en vías cuya velocidad máxima sea inferior a los 100 kilómetros por hora. Así pues, el radar nos comenzará a sancionar a partir de 58 km/h en una zona limitada a 50 km/h. En caso de que la velocidad máxima supere los 100 kilómetros por hora, se aplicará un margen del 7%. Así, todos aquellos turismos que viajen a más de 117,7 km/h en una vía fijada en 110 recibirán una multa en sus respectivas casas.
En el caso de los radares fijos, la Dirección General de Tráfico reduce el margen de error a apenas cinco kilómetros por hora en caso de las carreteras con una velocidad máxima permitida a 100 km/h y el 5% si la velocidad máxima supera dicha cifra. Por lo tanto, un radar fijo saltará a 96 km/h en una vía limitada a 90 km/h y a 126km/h en una vía de 120. En lo que respecta a los radares de tramo, se aplica la misma ?norma de tolerancia 7?.
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