Los hogares salmantinos ahorrarán 300 euros anuales en calefacción con la instalación obligatoria de contadores

La calefacción central se apagará en Salamanca en 2023

 MedicionIndividual
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La calefacción –junto con el Agua Caliente Sanitaria (ACS) – supone más del 60% de consumo energético en los hogares españoles. Un porcentaje elevado debido, en gran medida, a la escasa implantación de medidas que fomentan el ahorro energético, así como al desconocimiento por parte del usuario final de su propio gasto promedio. Acciones como la instalación de repartidores de coste de calefacción en aquellas viviendas con sistemas centralizados –1,5 millones de hogares en toda España–, pueden suponer importantes ahorros económicos, además de una notable reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.

Por este motivo, ISTA, empresa especializada en medición, reparto y ahorro de consumos de calefacción, líder del sector,Aercca (Asociación Española de Repartidores de Costes de Calefacción), recuerda que la aprobación del Real Decreto por el que se Regula la Contabilización de Consumos Individuales de Calefacción, publicado hoy en el BOE, permitirá que 41.400 hogares de Salamanca ahorren hasta 300 euros al año.

Hasta el momento, y pese a que no era todavía obligatorio, los salmantinos han instalado repartidores de costes en 4.600 viviendas entre junio de 2019 y marzo de 2020 sobre un total de 46.000 viviendas con calefacción central existentes en la provincia–y que no resultan exentas de la obligación por no ser rentable o técnicamente inviable– que deberán instalar contadores de calorías o repartidores de costes de lectura remota.

Según Eduardo Echarren, Director Comercial de la Zona Norte de ISTA, el valor de esta norma está “en la toma de conciencia de las familias sobre su consumo, que ayudará a realizar un gasto más responsable y eficiente de la calefacción”.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico tiene previsto que la aplicación de la medida, que afectará a cerca de 1,5 millones de hogares en toda España (el 6,9% del total), se haga de manera gradual, comenzando por aquellas viviendas situadas en la llamada Zona Climática E, para continuar por las regiones de las zonas D y C. Las Zonas Climáticas A y B –Levante, Baleares y Canarias–, quedan exentas.

En concreto, la norma establece dos plazos: primero, la fecha límite para obtener al menos un presupuesto estandarizado; y, segundo, la fecha límite para tener activa la instalación, que será siempre 15 meses después.

Salamanca se encuentra en la Zona D, por lo que antes del 1 de julio de 2021 las comunidades de propietarios con al menos 20 pisos tendrán que solicitar un presupuesto para la instalación que deberá realizarse en los 15 meses siguientes (antes de octubre de 2022). El 1 de diciembre de 2021 será obligatorio para los edificios en la Zona Climática D con menos de 20 viviendas, siendo la fecha límite de instalación el 1 de marzo de 2023.

La aplicación de esta medida supondrá importantes ahorros económicos y de emisiones de gases contaminantes. Según datos de ISTA, la medición individual significará un ahorro cercano a los 1.100 millones de euros en los próximos cinco años en los hogares españoles, además de una reducción de 1,05 millones de toneladas de CO2 anuales.

El texto fija un régimen de sanciones por incumplimiento que van desde los 1.000 a los 10.000 euros. El Gobierno también estima que la aplicación del Real Decreto generará en torno a 2.000 o 3.000 puestos de trabajos, directos e indirectos. Por otro lado, y con el objeto de apoyar a los colectivos más vulnerables en la implantación de esta medida, que favorecerá un consumo más eficiente, el Gobierno habilitará una partida presupuestaria para la concesión de ayudas.

Otra de las novedades más significativas que incluye el documento aprobado es la obligatoriedad de que todos los dispositivos instalados deban de ser de lectura remota. Para aquellos medidores de calor o repartidores de coste ya instalados, el Gobierno da un plazo para que sean reemplazados: el 1 de enero de 2027.

Asimismo, establece que en los casos en los que la instalación de equipos de contabilización individualizada sea técnicamente viable y económicamente rentable, los usuarios finales de las citadas instalaciones térmicas deberán contar con los medios necesarios para el control de su propio consumo; bien de control manual o bien de control automático, tales como válvulas termostáticas en cada radiador, o válvulas de zona asociadas a termostato ambiente, entre otras. 

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