¿Cómo me puedo beneficiar de la eliminación del impuesto de sucesiones y donaciones? Estos son algunos ejemplos prácticos

El presidente de la Junta de Castilla y León ha adelantado este viernes la supresión de este impuesto que entrará en vigor en el momento en que se publique en el Bocyl. Estos son algunos de los ejemplos prácticos que nos podemos encontrar

¿Cómo me puedo beneficiar de la eliminación del impuesto de sucesiones y donaciones? Estos son algunos ejemplos prácticos
¿Cómo me puedo beneficiar de la eliminación del impuesto de sucesiones y donaciones? Estos son algunos ejemplos prácticos

El próximo 27 y 28 de abril se debatirá en las Cortes de Castilla y León la supresión del impuesto de sucesiones y donaciones que posteriormente entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOCYL.

Es una medida que prometió en campaña Alfonso Fernández Mañueco y que por fin será una realidad en Castilla y León después de demorarse más de lo esperado. En palabras del presidente, esto traerá un beneficio a todas las personas de la Comunidad de entre 14.000 y 15.000 euros cada mes, un ahorro de 35 millones de euros al año para las familias.

Sin embargo, hay muchas dudas sobre si en realidad el ciudadano de a pie se beneficiará o le repercutirá directamente la eliminación de este impuesto. La respuesta es sí, y desde SALAMANCA24HORAS.COM vamos a explicar algunos de los ejemplos facilitados por la Junta de Castilla y León para aclararlo.

Si se diera la circunstancia de que un joven, que es hijo único, heredara de su padre pensionista con más de 65 años y que ya no tiene la condición de agricultor profesionales, una vivienda con dependencias agrarias, maquinaria, aperos y fincas rústicas por un valor de 505.000 euros, como agricultor en explotación no prioritaria; el importe que debería pagar en forma de impuestos ascendería a 13.222 euros. Sin embargo, con esta supresión solo tendría que pagar 132 euros, al bonificarse el 99% del resto del importe.

Misma suerte correría, aunque no con un importe tan elevado, una joven a la que su madre ha decidido donar un local que tiene en un pueblo para que está comience allí un negocio y que este tiene un valor de 10.000 euros. Con la normativa vigente hasta el momento la joven debería pagar 12.415 euros, mientras que con la supresión del impuesto de sucesiones y donaciones esa cantidad se quedaría en 124 euros.

Siguiendo con el medio rural, otro ejemplo podría ser una abuela que tiene varias viviendas en un pueblo, fruto de varias herencias familiares. Decide donar a su nieto una de estas residencias valorada en 200.000 euros porque él quiere emprender un negocio de turismo rural. El dinero que debería pagar el joven ascendería a 31.640 euros, pero gracias a esta nueva medida se quedará en un valor mínimo de 316 euros.

Por otro lado, otro ejemplo que no tiene porque contar con un heredero que va a abrir un negocio o que recibe una vivienda o un local. Es el caso, por ejemplo, de un hijo o hija que hace tiempo abrieron un local de restauración; les iba muy bien hasta que llegó la pandemia y les dejó al borde de la ruina. Por este motivo sus padres decidieron donarle 70.000 euros para poder hacer frente a los gastos y que no tuviera que cerrar su negocio. Esa donación antes supondría pagar 7.670 euros de forma adicional, pero con la supresión del impuesto se quedaría en 76 euros, una cantidad más asumible si se están pasando dificultades económicas.

Pero y ¿Si no se tiene negocio y solo se quiere donar, por ejemplo, un coche para que un familiar se desplace? En este supuesto también se vería beneficiado el afectado. Por ejemplo, unos abuelos deciden donar un coche por un valor de 15.000 euros a su nieta que se acaba de sacar el carnet y lo necesita para ir a trabajar. En este caso la nieta tendría que afrontar un pago adicional de 1.207 euros, pero cuando la medida salga en el Bocyl solo deberá abonar 12 euros y podrá disfrutar el coche donado por sus abuelos.

Por último, de los muchos ejemplos que se pueden exponer sobre esta materia, se pone algo tan habitual como una separación. Unos padres deciden donar una vivienda valorada en 150.000 euros a su hijo, que ya contaba con un hogar principal, pero se ha separado y necesita vivir en una nueva al no poder llegar a un acuerdo con su ex pareja. Para esta vivienda, con la fiscalidad vigente, debería abonar una cifra de 21.261 euros, pero con la entrada en vigor de la supresión el impuesto se quedaría en 212 euros.


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