Este miércoles, 30 de marzo, se conmemora el Día Internacional de Trabajadoras del Hogar. Por este motivo, la organización surgida en Salamanca entre sindicatos y entidades sociales se ha concentrado en la plaza del Liceo para denunciar la situación laboral de este colectivo, con algunas carencias que reclaman subsanar.

Desde la Mesa de Empleadas de Hogar, perteneciente a la Plataforma Salmantina de Entidades por el Empleo, vienen celebrando este día desde el año 2009, como recordatorio de la situación de este sector en nuestro país y en concreto, en Salamanca. Transcurridos cuatro años desde la entrada en vigor del Real Decreto 1620/2011, que regula la relación laboral de carácter especial del Servicio del Hogar Familiar, destacan algunos avances, pero reivindican mejoras.

Avances como el alta en la seguridad social desde la primera hora de trabajo por parte de las familias empleadoras, la obligatoriedad de un contrato por escrito sin ningún tipo de anexo posterior por parte del empleador que vaya en detrimento de las condiciones laborales pactadas, la cobertura de la baja por enfermedad desde el cuarto día y la existencia de bonificaciones en la cuota de la seguridad social a las familias empleadoras.

Pero mejoras necesarias como el derecho a cobrar prestación por desempleo, pues el decreto recogía la creación en ese mismo año (2012) de una comisión de expertos que valoraría el impacto que supondría a nivel económico que las empleadas de hogar accediera a este derecho. Cuatro años después, esa comisión no se ha creado todavía. 

También se reclaman mejoras en la regulación del trabajo de las empleadas de hogar internas, pues esta figura es cada vez más demandada por las familias para cubrir la falta de otro tipo de recursos sociosanitarios desde los que atender a sus familiares (escasez de plazas públicas en centros residenciales y listas de espera, residencias privadas con precios no asumibles por las pensiones de los ancianos, centros de día ocupacionales, etcétera). 

Pero el decreto no establece qué salario debe percibir una empleada de hogar interna (y no puede ser el mismo que el de una empleada de hogar externa con 40 horas de trabajo), ni una jornada laboral adecuada para el tipo de trabajo que puede tener que atender la trabajadora (por ejemplo: varias personas mayores dependientes en un mismo domicilio; ancianos sin familiares directos que medien y acompañen situaciones graves; ingresos hospitalarios, recordando que el empleo doméstico se entiende como aquel que se realiza en el domicilio?).

 

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