El Procurador del Común reclama priorizar la sustitución de tuberías de fibrocemento

En la resolución se ha pedido también que se identifiquen el estado de estas instalaciones y su posible nivel de degradación, elaborando planes específicos para su retirada, evaluados conforme a la normativa de salud laboral y prevención de riesgo aplicable en este tipo de intervenciones.

 Suspensión temporal del suministro de agua en la avenida de Lasalle este martes
Suspensión temporal del suministro de agua en la avenida de Lasalle este martes

El Procurador del Común inició hace unos meses una actuación de oficio tras las quejas efectuadas por ciudadanos en las que ponían de manifiesto que, en algunas localidades de nuestra Comunidad aún existen conducciones de agua potable que forman parte del servicio público de abastecimiento y que han sido fabricadas con fibrocemento, por lo que contienen en mayor o menor proporción, fibras de amianto. Se inició la investigación solicitando información a los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes, para que indicaran el estado de sus redes y si tenían identificadas aquellas construidas con este material. 

En España el uso del amianto fue prohibido por Orden del Ministerio de Presidencia de 7 de  diciembre de 2001 por la que se traspuso la Directiva comunitaria que prohibía el uso y comercialización de todo tipo de amianto y de los productos que lo contuvieran, estableciendo, respecto del instalado, que estaría permitida su utilización hasta su eliminación o el final de su vida útil. El agua se encuentra íntimamente en contacto con diversos tipos y materiales de construcción desde que es captada en el medioambiente hasta su llegada hasta el grifo del consumidor.  

Dependiendo de una gran cantidad de factores, algunas de estas sustancias pueden ser capaces de “migrar” al agua y por ello el RD 140/2003, de 7 de febrero por el que se establecen los criterios sanitarios del agua de consumo humano establece, en su artículo 14, respecto de los productos de construcción en contacto con el agua que: “los productos de construcción que estén en contacto con el agua de consumo, por ellos mismos o por las prácticas de instalación que se utilicen, no transmitirán al agua de consumo humano sustancias o propiedades que contaminen o empeoren su calidad y supongan un riesgo para la salud de la población”. Añade la Disposición transitoria primera de esta misma norma que antes del 01 de enero de 2012, se han debido llevar a cabo las reformas y adaptaciones necesarias en las redes de distribución pública o privadas y en las instalaciones interiores de edificios públicos y establecimientos con actividad pública o comercial.

Las administraciones consultadas  se han mostrado muy sensibles ante el problema y apuntan a la eliminación total a corto/medio plazo de las tuberías de este material que aún continúan en servicio. Por ello, el Procurador del Común cree que resulta necesario inventariar los tramos de la red de abastecimiento que cuentan con tuberías de fibrocemento y su fecha de instalación aproximada. Solo de esta manera se puede elaborar un plan de sustitución que atienda a la previsible mayor degradación de los tramos más antiguos y evite las averías. Todas las averías en las redes de distribución interrumpen la salubridad de las aguas, pero las roturas causadas en este tipo de materiales pueden liberar en el agua las sustancias tóxicas a las que con reiteración nos estamos refiriendo. 

La mayoría de las entidades locales consultadas cuentan con inventario de los tramos de tuberías de fibrocemento instaladas correspondiéndose en la mayor parte de los casos con grandes redes de distribución de agua potable, y en menor medida con los ramales de distribución. 

En la mayor parte de las respuestas efectuadas por las administraciones locales consultadas se pone de manifiesto que  no se efectúan análisis específicos sobre la degradación de las tuberías en funcionamiento, no obstante algunos Ayuntamientos, como Soria lo consideran innecesario puesto que cuentan con un plan de retirada de este tipo de materiales que culminará a corto plazo con la eliminación total del fibrocemento en las redes de distribución. Ahora bien el control sobre dicha degradación puede ser “indirecto”. 

La reiteración en las roturas o averías en zonas concretas de la ciudad puede ser un síntoma que alerte sobre la existencia de mayores deterioros en la red que aconsejen la sustitución de la misma, no solo en el punto concreto en el que se produce la avería sino también en toda la zona de influencia dado que las roturas convierten el fibrocemento en material más desmenuzable y por ello más peligroso.

El Procurador del Común considera que la sustitución de este material por su obsolescencia no puede considerarse de manera objetiva como un programa dirigido a la efectiva eliminación del amianto en la red pública, ya que formará parte de las tareas de sustitución habituales que exige el mantenimiento ordinario del servicio,  por lo que cree que deben abordarse con planes específicos para la retirada de este materia y  pueden optar por evaluar los riesgos de cada una de las instalaciones con las que cuenten, priorizando aquellas que presenten mayor degradación o afecten a más población, pero siempre  teniendo en cuenta a la hora de evaluar cada una de las actuaciones y el plazo para abordarlas, los criterios de protección a la salud pública que deben presidir su actuación.

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