1 enero de 2015. El año comienza con la entrada en vigor de una amplia reforma fiscal que está estructurada en tres proyectos de ley, relativos a la reforma del IRPF y el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, reforma del Impuesto sobre Sociedades, y modificación del IVA, del Régimen Económico Fiscal de Canarias y de la Ley por la que se Establecen determinadas Medidas en materia de Fiscalidad Medioambiental.

Rebaja media del 12,5% en el IRPF

La reforma tributaria supondrá, en el caso del IRPF, una importante rebaja de la carga fiscal. El número de tramos se reduce de siete a cinco. El tipo mínimo pasa del 24,75% al 20%, en 2015, y al 19%, en 2016. El tipo máximo de gravamen pasa del 52% al 47%, en 2015, y al 45%, en 2016.

La reforma está especialmente diseñada para beneficiar a los contribuyentes con rentas bajas y medias. Los asalariados que ganen menos de 12.000 euros al año (mileuristas) dispondrán de su sueldo íntegro a partir del año que viene, ya que dejarán de tributar. El 72% de los declarantes, que cuentan con rentas inferiores a 24.000 euros al año, contarán con una rebaja media en el IRPF será del 23,5%. La rebaja media será del 19,3% para los contribuyentes con una renta inferior a 30.000 euros.

La reforma introduce un fuerte aumento de los mínimos familiares en el IRPF, de hasta el 32%, y tres nuevos 'impuestos negativos' o categorías de beneficios sociales para familias y personas con discapacidad. Operarán para familias con hijos dependientes con discapacidad, familias con ascendientes dependientes y familias numerosas (3 o más hijos o con 2 hijos y uno discapacitado).

En cada uno de los casos recibirán 1.200 euros anuales, que se podrán recibir de forma anticipada a razón de 100 euros mensuales. Estos 'impuestos negativos' son acumulables entre sí y al actual de igual cuantía (100 euros mensuales) que perciben las madres trabajadoras con hijos menores de tres años. Unas 750.000 familias se podrán beneficiar de la aplicación de estos nuevos 'impuestos negativos'.

Neutralidad del ahorro

La reforma del IRPF incluye también una rebaja de la tributación del ahorro. Se hace, además, introduciendo progresividad en el tramo superior. La nueva tarifa consta de tres tramos: el primero, hasta seis mil euros, bajará su tributación del 21% al 20% en 2015, y al 19% en 2016. Desde 6.000 hasta 50.000 euros, el tipo bajará hasta el 22% en 2015 y al 21% en 2016. A partir de 50.000 euros, el tipo de gravamen se situará en el 24% en 2015, y en el 23%, en 2016.

La reforma incorpora también nuevos instrumentos para potenciar el ahorro a medio y largo plazo y fomentar la neutralidad fiscal. Pensando en los pequeños y medianos ahorradores, el Gobierno crea un nuevo instrumento que les dará beneficios fiscales y será una alternativa, o incluso un complemento, a los planes de pensiones u otras formas de ahorro. Así, los nuevos Planes "Ahorro 5" podrán adoptar la forma de cuenta bancaria o seguro, que garanticen la restitución de, al menos, el 85 por 100 de la inversión. Los rendimientos generados disfrutarán de exención si la inversión se mantiene un mínimo de cinco años. Una enmienda al proyecto de ley en el Senado introduce la posibilidad de su movilización entre seguros y depósitos sin perder el beneficio fiscal, como ocurre con los traspasos entre fondos de inversión.

En el caso de los planes de pensiones se mantiene su régimen fiscal, pero se fija una única aportación máxima de 8.000 euros por año. Se podrán rescatar cantidades correspondientes a planes de pensiones transcurridos 10 años. Por otro lado, se reduce de 10 a 5 años el plazo mínimo de un plan individual de ahorro sistemático (PIAS).

Para no perjudicar los procesos de capitalización de las empresas, en el marco de las políticas emprendidas para eliminar los incentivos existentes a su excesivo endeudamiento, otra enmienda aprobada en el Senado aplaza la aplicación del nuevo tratamiento fiscal de la renta derivada de la enajenación de derechos de suscripción de entidades cotizadas, que supone su tributación en el momento de la venta y sujeción a retención fiscal, hasta el 1 de enero de 2017.

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