El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el anteproyecto de Ley de Mejora de la Calidad de la Educación, que recupera las reválidas al final de cada ciclo educativo. Así, los alumnos de cuarto de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) deberán aprobar una evaluación final para conseguir el título, una prueba que tendrá un carácter estatal. Cada final de ciclo incluirá una prueba de evaluación, aunque con matices. En el caso de Primaria, suspenderla no supondrá repetir curso a no ser que así lo determine el centro escolar, que tendrá la decisión final. En el caso del Bachillerato, serán las universidades las que decidan si esta prueba puede valer para acceder a los grados o la nota estará ponderada en un 60% por las calificaciones de Bachillerato y en un 40% por la nota de la evaluación.

El Gobierno explica que los datos obtenidos en los estudios comparativos nacionales e internacionales (incluido el último informe de la OCDE: Panorama de la Educación 2012) muestran que el gasto público por cada alumno en la educación pública en España alcanza los 10.094 dólares al año, lo que supone un 21 por 100 más que lo que se invierte en la OCDE y la Unión Europea. Sin embargo, atendiendo a estos informes cabe señalar que esta mayor inversión en cantidad no se traduce en mejores resultados, pues la tasa de abandono escolar en España alcanza el 26,5 por 100, el doble que la media europea, y el porcentaje de jóvenes de entre 15 y 29 años que ni estudian ni trabajan (NI-NI) representa el 23,7 por 100 en España, sólo superado por Israel.
 
Atendiendo a las aportaciones recibidas y a los estudios y trabajos realizados por personal del Ministerio, el esquema modificativo contenido en el primer informe ha variado para recoger múltiples novedades, tales como que se realizará una evaluación en tercero de Primaria para la detección precoz de dificultades en el aprendizaje: se comprobará el grado de adquisición de las competencias básicas en comunicación lingüística y matemática. El equipo docente podrá adoptar las medidas excepcionales más adecuadas, que podrán incluir la repetición de este curso.

Los alumnos realizarán una evaluación al finalizar sexto de Primaria, sin efectos académicos, en la que se comprobará el grado de adquisición de las competencias básicas y de cumplimiento de objetivos de la etapa, así como la viabilidad del tránsito del alumno por la siguiente etapa. Su resultado tendrá carácter informativo y orientador para los centros, el equipo docente, las familias y los alumnos. El título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria se obtendrá tras la superación de una evaluación final que se realizará al final del cuarto curso de la ESO. Habrá pruebas diferentes para acceder a Bachillerato o a Formación Profesional dependiendo de la opción que hayan elegido los alumnos. La calificación final de ESO combinará la nota media de las notas obtenidas en ESO ponderada al 70 por 100, y la nota de la evaluación final al 30 por 100.

Educación Secundaria

En Bachillerato, se racionaliza la oferta educativa al reducirse el número de vías a cinco: ciencias e ingeniería, ciencias de la salud, humanidades, artes y ciencias sociales. Se sustituye la Prueba de Acceso a la Universidad por una evaluación de final de Bachillerato de ámbito nacional. La calificación final de Bachillerato combinará la nota media de las notas obtenidas en Bachillerato ponderada al 60 por 100, y la nota de la evaluación final al 40 por 100. 

Los ciclos de Formación Profesional Básica, que sustituirán a los actuales Programas de Cualificación Profesional Inicial, pasan de un año y un segundo año voluntario a dos años completos. Serán considerados educación básica, obligatoria y gratuita. También se moderniza la Formación Profesional de Grado Medio. Se incluyen materias instrumentales adaptadas al campo o sector profesional correspondiente y se facilita la continuidad con la Formación Profesional de Grado Superior a través de materias optativas.

Otras novedades son evaluaciones y pruebas de admisión: los alumnos que no las hayan superado, o que deseen elevar las calificaciones obtenidas, podrán repetirlas en convocatorias sucesivas; autonomía de los centros para diseñar e implantar métodos pedagógicos propios; nuevo requisito para los nuevos directores de centros: certificación acreditativa de haber superado un curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva; y la posibilidad para las Administraciones educativas de concertar con centros de educación diferenciada por sexos, siempre que cumplan los requisitos de la Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza. 

 

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