Con la Ley aprobada este jueves en el Parlamento sobre derechos de los consumidores, España ha emprendido, en el marco de sus competencias, una regulación relativa al consumo de los cigarrillos electrónicos. Con ella, se adelanta a la normativa europea y se pone a la cabeza de la Unión Europea en la legislación sobre estos dispositivos.
 
La propuesta del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad alcanzó en diciembre pasado un amplio consenso entre las Comunidades Autónomas, con las que se acordó en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del pasado mes de diciembre, y también en el Parlamento. De este modo, se ha acordado una postura común para limitar el consumo de cigarrillos electrónicos hasta que no se conozcan los efectos para la salud, priorizando la protección a los menores, para los que ya se encuentra prohibida la publicidad y el consumo.
 
Con el texto aprobado, queda prohibido su consumo en centros educativos y zonas infantiles, centros sanitarios, centros de las Administraciones Públicas, servicios de atención al ciudadano y transporte público. En cuanto a la publicidad, se prohíbe la publicidad de aquellos dispositivos susceptibles de liberación de nicotina en los soportes o franjas horarias que puedan ser visionadas por menores de 18 años. Además, deberán incluir de un modo claramente visible que contienen nicotina y que ésta es altamente adictiva. El objetivo es proteger la salud de los ciudadanos y evitar posibles efectos perjudiciales, habida cuenta de que, en la actualidad, y según ha manifestado la Organización Mundial de la Salud, no se pueden excluir los riesgos para la salud de la exposición al vapor de estos productos.

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