La Fiscalía mantiene la petición de pena de 52 años para la 'envenenadora de ancianos'


En su declaración, la perito psicológica ha asegurado que no cree que las facultades cognitivas y volitivas de la acusada estuvieran afectadas en el momento de los hechos por el consumo de drogas, por lo que considera que no se trata de una actuación impulsiva sino que había premeditación y planificación a la hora de perpetrar los robos

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 Juicio
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Tras la primera sesión del miércoles en la que testificó la acusada, este viernes ha tenido lugar la segunda sesión del juicio contra M.R.S.P, conocida como la 'envenenadora de ancianos', acusada de un delito de asesinato con alevosía, siete de robo con violencia y uno de lesiones, delitos por los que se enfrenta a 52 años de prisión.

En esta segunda sesión han declarado los testigos periciales. Así, la perito psicológica ha asegurado que las «facultades cognitivas y volitivas» de la acusada estaban «conservadas» en el momento de los hechos y ha detallado que «hay una dilación en el tiempo» y que la conducta no es «impulsiva» ya que hay una planificación. Por tanto, ha considerado que, en este caso concreto, no cree que haya una relación causal entre un posible trastorno por consumo de drogas y los hechos en sí.

Esta declaración ha sido aprovechada por el Ministerio Fiscal para aseverar que no existe atenuante por consumo de drogas, mientras que la defensa ha recordado que la acusada era consumidora de drogas en el momento de los hechos por lo que entiende que debe considerarse el atenuante por drogadicción. «Tenía una enagenación gravísima y no estoy de acuerdo con la médico forense», ha aseverado la acusada, quien ha recalcado que «entonces estaba fatal» y que consumía grandes cantidades de alcohol y pastillas.

No queda demostrada la dosis empleada

Por su parte, los médicos forenses autores de la autopsia de la víctima mortal, un varón de 94 años que en falleció en febrero de 2015 presuntamente de una intoxicación por benzodiacepina, han corroborado la presencia de esta sustancia en la víctima, en niveles altos, y han afirmado que ésta sería la causa de la muerte. « No había indicio en la autopsia de que la causa de la muerte fuera otra», han subrayado.

Del mismo modo, han asegurado que no se puede saber la dosis sumnistrada a la víctima y han recalcado que en conbinación con alcohol, el efecto de la benzodiacepina es más elevado. Además, han dejado claro que los efectos de esta sustancia dependen de la dosis, del metabolismo de quien la ingiere y del grado de absorción, entre otros factores, por lo que no se puede saber qué dosis podría ser letal.

Los últimos en declarar han sido los funcionarios del Instituto Nacional de Toxicología, que han asegurado que con el análisis de orina no se puede determinar el grado de absorción de la benzodiacepina ni la dosis administrada, para ello, han explicado, habría sido necesario un análisis de sangre. Además, han detallado que en un análisis de orina se pueden obtener, en algunos casos, unos niveles altos y, en otros, bajos aunque la dosis administrada sea «terapéutica» y no exista una sobredosis.

Este argumento ha sido recalcado por la defensa a la hora de argumentar que no ha quedado acreditado que la víctima recibiera una dosis más elevada de la que ha reconocido la acusada, una pastilla de dos miligramos de Trankimazin. Además, ha defendido que M.R.S.P no buscaba la muerte de la víctima, sino dejarle en «situación de somnolencia» para, aprovechando dicha situación, disponer de los medios que le permitieran costearse las drogas. En este sentido, se ha referido a otra de las víctimas que, según ha señalado la defensa, presentaba niveles similares de benzodiacepina en el organismo y no falleció. «No se trata de una droga peligrosa», ha recalcado la defensa, quien ha recordado que este tipo de medicación no es «suceptible de causar la muerte».

Por ello, y por el hecho de que la acusada ya había empleado la misma dosis con otras víctimas sin que supusiera la muerte de ninguna de ellas, la defensa considera que se trata de un homicidio imprudente y no de un asesinato con alevosía como sostiene la Fiscalía. «¿Cómo iba a querer yo que una persona muriera?», ha recalcado la acusada sin poder contener la emoción ya que «para mí es muy duro todo esto».

El Ministerio Fiscal considera que por los delitos de robo con violencia, en cinco de esos casos, debe tenerse en cuenta el agravante por casa habitada y el de reincidencia en los robos, por lo que considera que la pena mínima que debe aplicarse es de 4 años, 6 meses y 15 días por cada uno de esos cinco robos y rechaza que se baje la punibilidad con el atenuante por drogadicción ya que los forenses consideran que el consumo de drogas no afectava a su voluntad ni a su capacidad cognitiva.

Homicidio imprudente o asesinato con alevosía

En cuanto al fallecimiento del hombre de 94 años, la Fiscalía considera que debe tratarse como un asesinato con alevosía, ya que se utilizó veneno y se ha referido a una sentencia de 2010 en las que se considera que las lesiones causadas por veneno son alevosas. Además, el Ministerio Fiscal considera falsa la dosis que la acusada admite haber suministrado a la víctima así como el hecho de que no supiera que podría causarle la muerte. Por todo ello, pide 52 años de prisión por un delito de asesinato, siete de robo con violencia y uno de lesiones así como una indemnización de más de 100.000 euros para las víctimas y sus familiares.

Cabe recordar que la defensa ha propuesto que la acusada sea declarada culpable de homicidio imprudente y rebaja la petición de cárcel a 19 años y tres meses. La pena máxima por asesinato es de 25 años, mientras que la mínima por homicidio imprudente es de un año, pena que pide la defensa, a los que se suman otros 18 años por los delitos de robo con violencia y el de lesiones.


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