La Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) ha organizado esta mañana la jornada 'La importancia de proteger tu invención en el ámbito universitario'. En la sesión, impartida por el técnico de la OTRI, Javier Meana Gutiérrez, se han analizado los beneficios de la propiedad industrial e intelectual en la innovación, la protección de los intangibles (software, copyright, patentes, marcas y modelos de utilidad) y la concesión de licencias.
Meana Gutiérrez comenzó su intervención recordando que "toda persona tiene derecho a proteger sus creaciones artísticas, científicas y culturales y está reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos". La propiedad intelectual a nivel mundial son: la propiedad industrial (invenciones, patentes, modelos de utilidad, derechos industriales, marcas, nombres comerciales) y los derechos de autor (creaciones artísticas, literarias, musicales, audiovisuales, obras arquitectónicas y el software), "aunque en España la propiedad intelectual son los derechos de autor y el resto es propiedad industrial".
Durante la sesión, Meana Gutiérrez, ha explicado de una forma práctica cómo funcionan los buscadores y registro de patentes y marcas, y modelos de utilidad. Y ha desarrollado con mayor profundidad la protección del 'software', que cuenta con unas peculiaridades diferentes a las anteriores porque "el software no se puede patentar por sí solo". En el caso de algunas facultades como Informática, se pueden desarrollar software pero, para que se pueda obtener una patente, debe ir implementado en un ordenador. "Un software por sí mismo no es patentable, pero puede ser protegido por los derechos de autor. En cambio, si va implementado a un ordenador, ese aparataje es patentable, pero el software por sí solo que hace posible que eso funcione no lo es", indicó.
Las creaciones que puedan salir de los grupos de investigación de facultades humanísticas se realizarán a través de los derechos de autor "una protección también muy fiable y que se puede licenciar, para poder venderla posteriormente", afirmó. Meana Gutiérrez hizo mención a las creative commons, instrumentos jurídicos que consisten en un conjunto de licencias con las que el autor de una obra otorga permiso al público en general para compartir y usar su trabajo creativo bajo los términos y condiciones de su elección "son licencias gratuitas para vender en internet creaciones artísticas, musicales, etc. y que tienen una protección adicional al copyright habitual", detalló.
El técnico de la OTRI explicó también la nueva Ley de Patentes (en vigor desde el 1 de abril) que modifica el registro de las invenciones "esta nueva norma implica registros más rigurosos, con un examen previo, en el que la Oficina de Patentes y Marcas analiza que sea una patente no oponible fuera de Europa, por lo que va a haber menos patentes, pero van a ser más fuertes. Las patentes deben ser "novedosas a nivel mundial, con una carga inventiva muy importante, que no resulten obvias para el estado de la técnica, y que tengan una aplicación industrial", detalló.




