El Ayuntamiento de Salamanca ha aprobado las bases reguladoras para la concesión de ayudas por nacimiento o adopción durante este año, que se mantienen en 300 euros. En caso de no existir crédito suficiente para atender a todas las solicitudes de ayudas presentadas, se procederá a la concesión de la subvención atendiendo a la fecha de presentación de las solicitudes presentadas, hasta agotar el crédito presupuestado. Además, la percepción de estas ayudas será compatible con otras para la misma finalidad concedidas por el Estado, la Comunidad Autónoma de Castilla y León o por otras administraciones públicas.
 
Se otorgará la ayuda a los nacidos desde el 1 de julio de 2013, quedando excluidos de la presente convocatoria los nacimientos o adopciones por los que ya se haya concedido la correspondiente ayuda durante el año pasado. Los extranjeros que residan en Salamanca podrán beneficiarse de esta ayuda, siempre que ambos progenitores tengan los papeles en regla de estancia en España, además de que todos los miembros de la unidad familiar a la que pertenecen los solicitantes deberán estar empadronados en la ciudad de Salamanca, con una antigüedad mínima de un año anterior a la fecha del nacimiento o adopción.
 
Documentación necesaria
 
- D.N.I. de los progenitores, o N.I.E. en el supuesto de que sean extranjeros residentes, o en su caso, certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
- Libro de Familia.
- En los supuestos de nulidad, separación o divorcio se presentará el convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio.
- En los supuestos de familias monoparentales, si en el Libro de Familia constan dos progenitores, documentación acreditativa de que el menor está a cargo, exclusivamente, del solicitante.
- En el supuesto de adopción internacional, Resolución judicial o administrativa acreditativa de la misma.
- Certificado acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria en que se solicita se efectúe el ingreso de la ayuda.
- Autorización al O.A.G.E.R. para solicitar de la A.E.A.T. información relativa a los ingresos de todas las personas que integran la unidad familiar.
- Certificado o documentación que acredite en su caso la discapacidad física o psíquica o la situación de desempleo a que se refiere la Base Tercera.
 

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