El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publica la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), regulando la actuación de los jueces suplentes, lo que en la práctica reduce de 18 a 12 los días de permiso de los magistrados, con nuevas funciones de sustitución a los denominados jueces en prácticas. Por lo que a partir de enero los jueces contarán con seis días menos de permiso.

Según indica la ley, actualmente la cobertura de ausencias, vacancias y de medidas de refuerzo en los órganos judiciales colegiados se realiza mediante el llamamiento de los denominados magistrados suplentes. Ante esto, resulta conveniente establecer que esta misma función pueda desempeñarse por miembros de la carrera judicial, de manera voluntaria y retribuida, a través de comisión de servicios sin relevación de funciones, principalmente. Ello permitirá a estos, además, adquirir experiencia en lo que funcionamiento y organización de tales órganos se refiere.

La reforma establece también otras posibilidades dirigidas a que las suplencias sean cubiertas por miembros integrantes de la carrera judicial. Así, en primer término, se prevé la posibilidad de que los miembros de la carrera judicial voluntariamente asuman tales tareas; en su defecto, serán llamados los jueces de adscripción territorial y, a continuación, los integrantes de la carrera con menor carga de trabajo en su respectivo territorio que podrán serlo por decisión de los presidentes de Tribunales Superiores o, en su caso, de los presidentes de Audiencias Provinciales.

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