Para incorporarse a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina, el ingreso directo sin titulación universitaria pasa de veinte a veintiún años; el ingreso directo con titulación universitaria previa se mantiene en veintiséis años, excepto los que aporten titulaciones de grado universitario igual o superior a 300 ECTS (sistema de transferencia de créditos), que se establece en veintisiete años; y el ingreso por promoción sin titulación universitaria previa se mantiene en 31 años, excepto para la especialidad fundamental Vuelo del Cuerpo General del Ejército del Aire, en que se fija una edad máxima de veinticuatro años.
Para incorporarse a las diferentes escalas de oficiales de los Cuerpos de Intendencia y de Ingenieros del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, y de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, el ingreso directo sin exigencia previa de titulación universitaria al Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina pasa de veinte a veintiún años; el ingreso por promoción al Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, con, al menos, 120 ECTS superados del título de graduado en Medicina o, en su caso, 160 créditos del de Licenciado en Medicina, contempla un nuevo supuesto para el que se fija una edad máxima de veintisiete años; el ingreso directo con titulación universitaria previa pasa de treinta a treinta y un años; y el ingreso por promoción con titulación universitaria previa pasa de treinta y cinco a cuarenta años.
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