El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo sistema de retribución para las instalaciones productoras de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, de cogeneración y de residuos. La nueva normativa, que sustituye al anterior sistema de primas, forma parte de la profunda reforma emprendida por el Gobierno para equilibrar el sistema eléctrico, impidiendo que se vuelvan a generar nuevos déficits y dando estabilidad regulatoria y certidumbre a los inversores.
 
Desde el año 1998 hasta el año 2013 las instalaciones renovables, de cogeneración y residuos, han percibido más de 56.000 millones de euros en primas, adicionales a lo que estas instalaciones han percibido por su participación en el mercado. Estas subvenciones, que forman parte de los costes del sistema y, por tanto, se financian con el recibo de la luz, se dispararon en más de un 800% desde el año 2005, alcanzando en 2013 más de 9.000 millones de euros, el mayor coste regulado para el sistema eléctrico.
 
Dado el elevado déficit de tarifa acumulado y el abultado ritmo de generación anual de nuevos déficits, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo emprendió una amplia reforma del sistema en la que se ha buscado tanto aumentar los ingresos como reducir los costes del sistema, con el mínimo impacto para el consumidor. La nueva normativa regirá el apoyo que percibirán las instalaciones renovables, de cogeneración y residuos, y se aplicará, tanto a aquellas que están ya en funcionamiento, como a las que se incorporen a futuro.
 
Estabilidad financiera
 
El nuevo esquema retributivo garantiza la estabilidad financiera del sistema eléctrico con carácter definitivo, al tiempo que otorga una rentabilidad razonable a las instalaciones a lo largo de toda la vida útil del proyecto, explica el Gobierno, pues actualmente se ha fijado en el entorno del 7,5% para cada instalación tipo. En el ámbito de aplicación de la norma están incluidas todas las instalaciones renovables, de cogeneración y residuos con independencia de su potencia instalada. Se elimina, por tanto, la anterior separación entre el régimen especial y el régimen ordinario.
 
Sólo percibirán retribución regulada, denominada "retribución específica", aquellas instalaciones para las que el precio del mercado no sea suficiente para alcanzar la rentabilidad razonable ligada al nivel de riesgo de la actividad y tomando como referencia una empresa eficiente y bien gestionada. La novedad principal radica en que se abandona la retribución puramente variable que se ha utilizado hasta la fecha (primas y tarifas reguladas), por un esquema similar al de otras actividades reguladas y que refleja más fielmente la estructura real de costes de la actividad, donde algunos son fijos (inversión, operación y mantenimiento fijos) y otros puramente variables (combustible, operación y mantenimiento variables).
 
Instalaciones
 
El nuevo régimen retributivo será de aplicación, tanto a las instalaciones existentes, como a las nuevas. Para las nuevas instalaciones, el otorgamiento del régimen retributivo específico se establecerá mediante procedimientos de concurrencia competitiva que se ajustarán a los principios de transparencia, objetividad y no discriminación. Por Real Decreto se fijarán las tecnologías concretas que podrán participar en dicho mecanismo de concurrencia competitiva y, por Orden Ministerial, se fijarán posteriormente los parámetros retributivos correspondientes a las instalaciones tipo. Las instalaciones existentes que tuvieran reconocido un régimen económico primado percibirán también este nuevo régimen retributivo específico.
 

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