El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha sentenciado recientemente que la Consejería de Sanidad debe readmitir a los médicos que jubiló forzosamente, 67 en la provincia de Salamanca, a tenor de una orden de la Gerencia Regional de Salud por la cual debían dejar de trabajar aquellos facultativos con más de 65 años. Los médicos acataron la directriz de la Administración autonómica, pero la recurrieron ante la Justicia al considerar la mayoría que estaban capacitados para continuar ejerciendo la profesión.

Ahora la Justicia le da la razón, estimando el recurso interpuesto y obligando al restablecimiento de su situación jurídica individualizada, consistente en el derecho al reingreso en el puesto que ocupa con anterioridad; el derecho al abono de las retribuciones dejadas de percibir sin perjuicio de su compensación con las prestaciones percibidas del sistema de Seguridad Social más el interés legal de dichas retribuciones desde el momento en que debieron ser percibidas y el ingreso de las cotizaciones sociales a satisfacer por la Administración en la misma forma que si hubiera estado en servicio activo. Todo ello con imposición de costas a la Junta, con el límite máximo de 1.500 euros. Contra la presente resolución cabe la interposición de recurso de casación, que se interpondrá ante la Sala en plazo de diez días desde la notificación de esta sentencia. 

En la sentencia, a la que ha tenido acceso SALAMANCA24HORAS, se explica que "deberá entenderse, como requisito para postular la propia validez de la norma ?sin perjuicio de otros aspectos que pudieran contemplarse cuyo análisis supera el ámbito de la presente resolución-, que el ámbito material de lo que es objeto de regulación ?la prolongación o no en el servicio activo- es un aspecto sustantivamente diferente al acuerdo extintivo de la relación funcionarial, acto este que sería ulterior al de denegación de la prolongación en el servicio activo y que correspondería al Consejero de Sanidad. Por ello, dado que en el presente caso el acuerdo recurrido no se está limitando a la determinación de inexistencia de las condiciones requeridas para continuar en el servicio activo, sino que declara la extinción de la relación funcionarial por jubilación, se está extralimitando en las funciones especificas que pueden corresponder al Director Gerente".

Sanidad recurrirá la sentencia

El consejero de Sanidad, Antonio María Sáez, anunció a finales de diciembre durante una visita a Salamanca que recurrirán en casación esta sentencia ya que consideran que el Plan de Gestión de Recursos Humanos está avalado y ratificado en dos sentencias anteriores del propio Tribunal Superior de Justicia.

Además, Saéz ha pedido un criterio homogéneo en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, ya que a su juicio plantea un problema para la Gerencia de Salud porque anteriormente el Tribunal había rechazado dos recursos contra el Plan de Gestión de Recursos Humanos, a lo que hay que sumar las 30 sentencias por casos individuales favorables a la Administración.

Para el responsable de la Junta, las leyes dicen que la jubilación es a los 65 años, y que los casos de prolongación se podrán dar cuando no haya facultativos sustitutos o cuando se desempeñe una técnica específica que otros no conozcan. En este sentido, "las plantillas se han rejuvenecido, eso es evidente".

 

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